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Caciquismo en Galicia: condena de 7 millones a Nucleo Estable por apropiarse de parques eólicos

Parque eólico situado en las costas gallegas.

Un grupo de administradores desleales con su compañía y con el resto de accionistas tiraron del manual del cacique oportunista, pero en este caso en lugar de ser del ladrillo fue de las energías renovables, para apropiarse de un buen número de megavatios (MW) eólicos y llevárselos a otra sociedad, de la que se atribuyeron el control accionarial.

La historia se remonta a la década pasada. La Xunta de Galicia adjudicó a Energía de Galicia S.A. (Engasa) un paquete de MW para el desarrollo de parques eólicos. Su accionariado lo formaban un gran grupo de pequeños y medianos distribuidores eléctricos de esta comunidad autónoma, que en su día decidieron dar el salto a las actividades renovables, aprovechando el boom de estas energías y las altas primas que recibían del sistema.

Engasa entró en los campos de la generación hidroeléctrica, biomasa y energía eólica, pero varios de sus gestores decidieron aprovecharse de la posición privilegiada que les daba esta compañía para desviar hacia otra sociedad parte de sus actividades.

Crearon Núcleo Estable, una compañía de la que tomaron el 60% del capital y en la que colocaron buena parte de los MW eólicos que estaban en Engasa. Dieron a sus antiguos socios en esta última el 40% del capital, pero se quedaron con el control y fijaron un precio "irrisorio" por los molinos eólicos provenientes de Engasa.

Los gestores ahora condenados crearon una sociedad paralela de la que tomaron el control y a la que traspasaron los activos eólicos más rentables que tenía Engasa

Sus antiguos compañeros de viaje en esta sociedad se sintieron ultrajados por la maniobra caciquil de algunos de los gestores en los que depositaron su confianza y se lanzaron a una larga batalla judicial y arbitral que acabó el pasado lunes. Según el laudo arbitral dictado este 20 de abril, la mercantil Núcleo Estable y sus accionistas Benito A. Fernández, José M. Arufe, Adolfo Álvarez, José A. Estévez y Antonio Martínez, todos ellos ex administradores de Engasa, han sido condenados a pagar 7 millones de euros al resto de socios por el daño económico causado tras el desvío de esos MW eólicos.

Ha sido una larga batalla jurídica liderada por los bufetes Briz Jurídico Tributario y Bermor Abogados, que en representación de los afectados pidieron la "anulación de las cesiones de MW realizadas", señalan fuentes de estos despachos. Consiguieron varios laudos arbitrales favorables, pero los accionistas de control de Núcleo Estable se negaron a cumplirlos.

Han tenido que pasar varios años hasta que se ha dictado el laudo definitivo, que establece esa indemnización de 7 millones.

Los condenados no cumplieron con los laudos anteriores de reversión de los activos y crearon un daño patrimonial a sus ex socios, que ahora se traduce en el pago de 7 millones

En uno de esos laudos previos (3/2011), el árbitro declaró que “los demandados, mientras ocuparon los cargos de consejeros de Engasa hicieron lo posible por no cumplir los mandatos de los laudos arbitrales reseñado (…)  con la intención de dar mera apariencia al cumplimiento del laudo”. El árbitro afirma que “se ha acreditado que los demandados hicieron todo lo posible para evitar el cumplimiento de los laudos arbitrales causándose con ello un perjuicio patrimonial a la sociedad”.

Otro de los laudos,  el 1/2011, se declara que el presidente de la compañía, Benito Fernández, se atribuyó facultades para disponer de activos de Engasa en ejecución de un acuerdo que vinculaba económicamente a esta sociedad con terceros, actuando, según afirma,  de forma contraria al orden público societario y a los laudos previamente dictados. 

Y en el laudo 2/2011 se anula la sustitución del consejo de administración en el que estaban representados los distintos grupos de socios de Engasa por el nombramiento de Núcleo Estable, entidad que aglutina los intereses parciales de los ahora condenados. Estos acuerdos "han sido impuestos de forma abusiva porque no responden a una necesidad razonable de la sociedad y se han adoptado por la mayoría en interés propio, y en detrimento injustificado de los socios minoritarios aquí demandantes”, señala el texto facilitado por el bufete Briz, que concluye el "evidente perjuicio lucrativo de los socios demandantes en Engasa”. 

Los condenados tendrán que abonar finalmente los 7 millones de euros.

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