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El juez archiva la querella contra la cúpula de AENA sin hacer una sola diligencia

El titular del juzgado de instrucción número 47 de Madrid, Adolfo Carretero, decidió ayer archivar la querella presentada contra altos directivos de AENA por supuestos delitos de prevaricación y desvío de caudales públicos derivados de una serie de contratos de encomienda con la ingeniería pública Ineco. Al magistrado, que admitió a trámite la denuncia a finales del mes de septiembre e imputó a cuatro directivos, le ha bastado el testimonio de éstos para decretar el sobreseimiento provisional y archivo de la causa.

La parte demandante procederá en los próximos días a elevar un recurso contra la decisión del magistrado, argumentando que el juez Carretero ha tomado la decisión sin realizar diligencia adicional alguna, así como sin tener en cuenta las pruebas documentales incluidas en la denuncia, que superaban la treintena.

La querella, interpuesta por un trabajador de Ineco, se basaba en determinadas encomiendas a la ingeniería pública que incluían servicios tan sólo prestados por AENA, como quedó reflejado en declaraciones judiciales tanto de directivos de ambas sociedades (entre ellos, Miguel Ángel Monasterio, que era uno de los imputados) como de las empleadas del gestor aeroportuario que llevaban a cabo el servicio de vigilancia de slots.  

Sin embargo, el auto emitido ayer por el juez Carretero señala que los trabajadores de Ineco llevaban a cabo “una labor de gestión informática”, sin coordinar los slots ni instruir los expedientes sancionadores por incumplimiento, labores que sí eran realizadas en exclusiva por trabajadores de AENA. Las conclusiones del juez no aclaran por qué por una mera labor informática el gestor aeroportuario pagó a Ineco 285.000 euros anuales desde 2005 hasta 2012, es decir, un total superior al millón y medio de euros.

Sin testigos

Sorprendentemente, el magistrado tampoco llamó a declarar a los testigos propuestos por las partes, entre los que se encontraba el director general corporativo de Ineco, Rafael Torres Sáenz de Santamaría, primo de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.

La parte demandante considera que no es de recibo que el juez admita a trámite una querella con el testimonio del denunciante y las correspondientes pruebas y él mismo archive la causa con el mero testimonio de los imputados (que, precisamente, por su condición de imputados no están bajo promesa de decir la verdad), sin realizar diligencias adicionales ni atender a testigos ni a pruebas.

Entre ellas se encuentran las declaraciones judiciales mencionadas anteriormente y la carta remitida por el secretario de Estado de Fomento, Rafael Catalá, al querellante en la que señalaba que los servicios encomendados a Ineco eran reales y llevados a la práctica por trabajadores de la ingeniería pública, lo que contradice los testimonios ante el juez.

Para su defensa, los altos directivos de AENA (el citado Monasterio, Javier Marín, Miguel Ángel Ávila y Pedro de Miguel) contrataron los servicios del exfiscal  abogado Luis Jordana de Pozas, del bufete Cuatrecasas, que también se está ocupando de la defensa de algunos imputados en la querella presentada por Unión Progreso y Democracia contra la cúpula de Bankia.

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