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Economía

Señalar que no se tienen apenas ingresos bastará para cobrar la renta mínima vital

Señalar que no se tienen apenas ingresos bastará para cobrar la renta mínima vital

La renta mínima se podrá cobrar tras una "declaración responsable", según el borrador del decreto-ley que regulará el ingreso mínimo vital al que ha tenido acceso 'El Mundo'. Según este, declarar que no se tienen ingresos bastará para cobrar esta renta mínima vital.

En el texto, se establecen una serie de requisitos que se deben cumplir para poder solicitar la renta mínima que pretende establecer el Ejecutivo en coalición. Entre ellos, el solicitante tiene que asegurar no haber tenido apenas ingresos en 2019 o que tiene entre 23 y 65 años

Además, el demandante no puede tener una casa en propiedad de más de 100.000 euros y debe asegurar que está buscando empleo de manera activa pero no lo encuentra. 

Por otro lado, según el documento, la persona que pida dicha renta mínima tendrá que acreditar las personas que integran la unidad de convivencia, quién es la persona solicitante o qué parentesco hay entre ellas. En caso de ser una relación análoga a la conyugal, se debe asegurar por escrito que están inscritos como pareja de hecho

Si la Administración no puede corroborar algún requisito, podrá suspender de manera cautelar la prestación y solicitar dicha documentación

Destaca que, según el medio, si el demandante asegura cumplir todos los requisitos en esta declaración responsable pero no aporta la documentación necesaria, la Administración creerá que actúa de buena fe y podrá acceder al ingreso mínimo vital. La renta mínima oscilará entre los 462 y los 1.015 euros.

Multas por fraude

Sin embargo, si la Administración no puede corroborar algún requisito, podrá suspender de manera cautelar la prestación y solicitar dicha documentación. Si en un plazo de tres meses no se presenta, se extinguirá la ayuda. 

Asimismo, el Gobierno impondrá multas a quienes no destinen la ayuda a necesidades básicas o a quienes cometan fraude. Estas irán desde un mes sin prestación (máximo de 1.015 euros) hasta todo un semestre (6.090 euros). Además, deberán devolver la cantidad recibida. 

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