El tribunal de la Audiencia Nacional, presidido por Ángela Murillo, se ha inclinado por seguir la posición tomada por la Fiscalía Anticorrupción de mantener la presencia en el juicio de la acusación popular y de las acusaciones particulares, por lo que descarta la doctrina Botín.
Esta doctrina fue adoptada por el Tribunal Supremo en 2007 para cerrar el caso de las cesiones de crédito en el que estaba implicado el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, y establecía que las acusaciones populares no podían pedir la apertura de juicio oral cuando la fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa.
Por otro lado, se suprime el delito de falsedad contable para Delotte, según las cuestiones previas resueltas y también se ha opuesto a la petición fiscal por la que se incorporaban a la causa documentos relacionados con la quiebra de Banco de Valencia.
La Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado (que representa al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) piden por presunta estafa a inversores cinco años de cárcel para Rato, cuatro años de prisión para Olivas, tres para Fernández Norniella y dos años y siete meses para Verdú.
El auto
El texto expone que "las presuntas falsedades investigadas en esta causa afectaron a intereses colectivos supraindividuales al tratarse de supuesta o hipotética mendacidad en la contabilidad de la cuarta entidad bancaria del país, Bankia [...] cuyo quebranto impulsó que tuviese que llevarse a cabo el mayor rescate banacario con fondos púbicos de la historia de nuestro país por importe total de más de 23.000 millones de euros".
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