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Economía

El Consejo de Ministros certifica que podrán liquidarse bancos pero como última opción

Guindos y Soraya, a la entrada de la rueda de prensa del Consejo de Ministros

Enésimo intento de arreglar el desaguisado del sistema financiero español con un nuevo decreto de reforma financiera aprobado este viernes en Consejo de Ministros. Entre sus novedades, está la aparición del banco malo (sociedad donde se integrarán los activos inmobiliarios defectuosos procedentes de las compañías financieras en situación de ayuda) y la posibilidad de liquidar entidades. Mala noticia, por otra parte, para los titulares de preferentes, que sólo podrán recuperarlas "a su precio de mercado más el 10%", lo cual les arrojará pérdidas superiores al 60% de su inversión original.

El banco malo tendrá un periodo de 15 años para desprenderse de los activos tóxicos que adquieran pero buscarán no hacerlo con pérdidas, como se asegura en el nuevo decreto ley. El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, añadió, en su comparecencia tras el consejo de ministros, que el objetivo de esta reforma es "dinamizar el sector inmobiliario para que los inmuebles puedan salir a la venta a precios razonables".

Según Economía, la sociedad podrá adoptar la forma de sociedad anónima o fondo fiduciario. El capital inicial será aportado por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) con parte de los 100.000 millones de euros aportados por Bruselas para sanear el sistema financiero. Luis de Guindos, anunció, asimismo, que el techo máximo de endeudamiento de este fondo se aumenta hasta los 120.000 millones.

Sólo se liquidará un banco en el caso de que sea insolvente e incapaz de devolver sus ayudas, aunque primero se probarán otras medidas

En cualquier caso, aclaró que la participación del FROB en ese banco malo será minoritaria, ya que habrá una mayoría de inversores privados. El FROB, además, tendrá capacidad para obligar al traspaso de esos activos a las entidades con ayudas. El banco malo pagará los activos con deuda que será descontable en el Banco Central Europeo (BCE), de forma que las entidades conseguirán así una vía de financiación indirecta.

También será posible que el FROB financie al Fondo de Garantía de Depósitos, que se dedicará solamente a garantizar los ahorros de los ciudadanos. El FROB tendrá nueve miembros, cuatro designados por el BdE, cinco por el Gobierno y el presidente, que es el subgobernador del Banco de España. Asimismo, habrá representantes de Abogacía del Estado, con voz pero sin voto. Tendrá un director general nombrado por Economía con el visto bueno del Banco de España. La "transparencia" de este órgano se garantizará con un control sostenido de la entidad.

Todas estas medidas van claramente en línea con las exigencias del Memorando de Entendimiento presentado por el Eurogrupo para ofrecer un rescate bancario a España, deja claro que el FROB será la pieza clave en esta reordenación bancaria. Será quien pilote el proceso de recapitalización, captando el dinero desde Bruselas, distribuyéndolo entre las entidades y, además, controlará el banco malo. El verdadero artífice de la recapitalización bancaria.   

Liquidación de bancos, sí

Otro aspecto destacable de la reforma es que las entidades financieras podrán ser liquidadas, a pesar de la insistente negativa del Gobierno en meses anteriores. Así, se establecen tres etapas o niveles. En primer lugar, las medidas tempranas, que indican que cuando una entidad tenga una dificultad breve, se facilitará que vuelva a ser solvente mediante la "convocatoria de una junta de la entidad, requerir el cese del consejo, una reestructuración de deuda y excepcionalmente inyectarle 'cocos' con un máximo de dos años. La última opción, que el FROB entrara en el gobierno de la entidad". El procedimiento se podría hacer de oficio o solicitado por el propio banco afectado, añadió el ministro.

El segundo nivel de actuación para prevenir la crisis es la actuación de reestructuración. Se trata de "entidades que son viables, con capacidad y recursos pero que están en una situación puntual negativa y podrían devolver las ayudas recibidas". En este caso los instrumentos serían garantías, préstamos, adquisición de activos o pasivos y el trasvaso de los activos dañados a una sociedad gestora de activos.

Los titulares de preferentes podrán canjearla a precio de mercado más un 10%, con gran minusvalía

El tercer nivel, que fue subrayado por Guindos, es la resolución ordenada. Cuando haya una situación en la que no se pueda devolver las ayudas se optará por ella, ya que se establece para entidades no viables. En este caso será el BdE quien inicie el procedimiento, presentado a Economía y al FROB. Se designará un administrador especial y un plan de resolución, mediante la venta del negocio de la entidad, la transmisión de sus activos y pasivos a un banco puente (se quedaría con los mejores activos y pasivos) y los activos toxicos a otra entidad.

Minimizar el impacto en el contribuyente

"Lo fundamental es minimizar el impacto en el dinero de los contribuyentes y garantizar la prioridad de los depositantes". Guindos ha dicho que aquí no se produce "ninguna modificación de fondo, porque las entidades con apoyo público tendrán que presentar un plan para el reparto de la carga de la reestructuración, con un canje máximo que se hará a precios de mercado más un 10%".

El único instrumento novedoso "será que cuando el FROB considere que no se ha distribuido correctamente la carga, podrá intervenir para darle más justicia. Esto se aplicará solamente a las preferentes y la deuda subordinada, "que se podrá cambiar por capital (acciones) u ofertar cualquier otro tipo de activo financiero a cambio. También podrá producirse la amortización anticipada".

Protección de los inversores minoristas

El Gobierno entiende que la comercialización que se ha hecho de productos complejos no era adecuada para ahorradores. "Se va a desincentivar la colocación de preferentes o deuda subordinada y exigir que al menos el 50% de la colocación sea para inversores institucionales, profesionales. En ese tramos institucional se determinarán las condiicones. Las inversión mínima a partir de ahora en preferentes será de 100.000 euros en entidades no cotizadas y 25.000 en las cotizadas".

Cada una de las entidades deberá tener, además, "un registro de productos complejos y los clientes deberán certificar con su firma que conocen perfectamente el funcionamiento y asumen el riesgo".Guindos también ha dicho que "el Gobierno toma medidas con depósitos y pagarés, eliminando la contribución extra de depósitos de alta remuneración que estaba llevando a que se comercializaran pagarés".

Preguntado sobre una posible quita a preferentes, Guindos ha indicado que los titulares cobrarán "el precio de mercado más un 10%". Se mirará qué descuento debe aplicarse a las preferentes, si cambiarlas por otro producto o directamente una reducción de su valor. "Habrá nuevos productos más simples y transparentes y además con más liquidez que las preferentes, que en muchos caso eran productos perpetuos".

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