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Economía

Montoro sólo publicará los nombres de los defraudadores ya condenados por sentencia firme

Hacienda publicará listas de condenados en firme por fraude fiscal

El gran anuncio de Cristóbal Montoro de hacer públicos los datos de los defraudadores de España ha chocado con la Ley General Tributaria que califica como falta muy grave la intención del ministro. El artículo 95 de esa ley prohíbe a los funcionarios públicos divulgar datos de los contribuyentes salvo para su persecución penal y sólo contempla cesiones al Ministerio Fiscal. Ante ese muro, el Gobierno está estudiando ya fórmulas jurídicas que le permitan sortearla sin modificarla y ha encontrado una: publicar la lista de los condenados por delito fiscal en sentencia firme.

Según revelan fuentes de Hacienda, el ministerio pretende publicar una lista de hasta 200 nombres de personas e instituciones condenadas en firme por los tribunales con el objetivo final de “lanzar una señal a los defraudadores”. “Se trata de que paguen, no se puede decir más claro y en plata", dijo Montoro, que remató afirmando: "no puedo entender tanto sigilo y cautela".

Sin embargo, el mecanismo planteado inicialmente por el ministerio significa que se harán públicos los nombres de defraudadores con 10 ó 12 años de retraso, los que las causas tardan en agotar todos sus recorridos judiciales y ser sentenciadas en firme por el Tribunal Supremo.


El ministerio no descarta una reforma de la Ley Tributaria

El Ministerio de Hacienda asegura que no descarta una reforma de la Ley General Tributaria en una fase posterior para evitar las restricciones a la publicación de esos datos que hoy impone la norma.

Los técnicos de Hacienda cuestionan, sin embargo, la viabilidad de esa medida ante los diferentes criterios con los que se puede medir el fraude. Tres son los parámetros que la Agencia Tributaria utiliza para colgar la etiqueta de “fraude” sobre un contribuyente y tres los defraudadores distintos que esos criterios arrojan:

  • Las cuotas impagadas a Hacienda: Este criterio colocaría en la cima del ranking a las grandes empresas ya que la simple discrepancia contable en un ejercicio puede dar lugar a que el fisco declare como impagadas cuotas que el contribuyente disputa.
  • Los intereses que adeuda al fisco: Cuando las deudas tributarias son ya firmes, Hacienda impone intereses de demora en el repago. Ese criterio deja a pequeñas y medianas empresas como principales sospechosos puesto que en esta categoría se engloban las compañías en concurso de acreedores y que no han podido hacer frente a las cuantías del fisco.
  • Las sanciones que acumula por parte de las autoridades: Puede ser el criterio utilizado definitivamente porque incluye parámetros como la reincidencia y permite incluso establecer una proporción entre los ingresos y el fraude del contribuyente.

“La verdadera lucha contra el fraude pasa por destinar a los inspectores a investigar el gran fraude", afirma GESTHA

Los técnicos de Hacienda cuestionan la publicación de esa lista porque aseguran que “no recogerá los datos del verdadero fraude en España sino sólo el del fraude detectado”, afirma José María Mollinedo, secretario general de los técnicos de GESTHA. “La verdadera lucha contra el fraude pasa por destinar a los inspectores a investigar el gran fraude, en lugar de tener al 80% de los recursos haciendo inspecciones paralelas a contribuyentes con nómina”, concluye.

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