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Economía

El Gobierno facilita la entrada de aerolíneas que compitan con Iberia y Air Europa

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha aprobado una nueva orden sobre el reglamento de explotación de servicios aéreos que agiliza la solicitud y tramitación de nuevas licencias

Iberia.

El Gobierno allana el terreno a todas aquellas compañías que quieran competir con los principales players del sector aéreo en España, Iberia y Air Europa, cada vez más cerca de unir fuerzas en una operación prevista para la segunda mitad de 2020.

Cuando esto ocurra, el grupo IAG -al que también pertenecen Vueling, Level, British Airways y Aer Lingus- acaparará casi el 40% de los pasajeros que pasan por los aeropuertos españoles de Aena, reforzando su posición de dominio en el mercado nacional por delante del gigante low cost Ryanair. 

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha aprobado una nueva orden que "simplifica el procedimiento" para solicitar y conceder licencias de explotación de servicios aéreos, "facilitando la implementación de la tramitación electrónica", según consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Hasta ahora, las normas para conceder este tipo de licencias estaban recogidas en una orden ministerial del 12 de marzo de 1998. Según explican fuentes del sector, la necesidad de actualización quedaba reflejada en la "compleja" burocracia a la que tenían que hacer frente las compañías aéreas interesadas en conseguir esta licencia, con trámites "poco ágiles" y por correo postal.

Presentación telemática

Ahora, en base al Reglamento (CE) nº 1008/2008 del Parlamento Europeo, las aerolíneas deben solicitarla de forma telemática o digital. Además, en la misma orden, el Ministerio facilita a los interesados el modelo de formulario a entregar, así como los documentos adicionales requeridos en la presentación de las solicitudes.

De esta forma, toda la información que presenten las compañías aéreas llegará a través de medios electrónicos, así como la resolución de la autoridad competente y los posibles recursos por parte de los interesados. "Los procedimientos se sustanciarán electrónicamente en todas sus fases en relación a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas", detalla. 

La orden "responde a los principios de necesidad y eficacia" y "satisface el principio de proporcionalidad, siendo uno de sus objetivos declarados la simplificación del procedimiento y facilitar la implementación de la tramitación electrónica", explica el Ministerio.

Un plazo de tres meses 

El plazo máximo para resolver la solicitud es de "tres meses desde la fecha en que haya tenido entrada la solicitud en el registro electrónico de la Agencia, sin perjuicio de la subsanación de la solicitud, cuando proceda, en el plazo de diez días". 

Las licencias de explotación las asignan las autoridades competentes nacionales, en el caso de España la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). No obstante, la Comisión Europea supervisa la concesión de las licencias y puede impugnarlas si considera que en algún caso han sido asignadas contraviniendo las normas para la explotación de servicios aéreos de la UE. 

Además, para mantener la licencia de explotación concedida por la Agencia, las compañías aéreas están obligadas a facilitar a la Dirección de Seguridad de Aeronaves, cuando ésta lo requiera, la información y documentación necesaria para comprobar que continúan cumpliendo las condiciones exigidas para su concesión.

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