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Cultura

La Iglesia católica se ha apropiado de más de mil bienes de patrimonio cultural en España

Una imagen de la Mezquita-Catedral de Córdoba, registrada en 2006 por el Obispado como suya.

La Iglesia Católica ha registrado como suyas más de mil propiedades en los últimos 16 años gracias a la reforma de la Ley Hipotecaria de 1946 que el Gobierno de José María Aznar llevó a cabo en 1998. Inicialmente, la norma vigente durante el franquismo, en su artículo 206, permitía a la Iglesia la inmatriculación (registro) de algunos bienes que carecían de propietario, excepto los lugares de culto. En su primera legislatura, el PP retiró esa excepción, lo que permitió a la Iglesia registrar como suyas desde capillas o ermitas hasta iglesias y catedrales.

Eso fue lo que ocurrió en el año 2006, cuando el Obispado de Córdoba inmatriculó – es decir, registró- la Mezquita-Catedral de Córdoba, la cual había sido declarada como Patrimonio de la Humanidad en 1984 por la Unesco. Según sostiene el profesor de derecho Antonio Manuel Rodríguez, la Mezquita-Catedral es propiedad de la ciudadanía, Bien de Interés Cultural, Monumento Nacional y Patrimonio Mundial. El obispado ha perpetrado, en ese sentido, una apropiación jurídica, económica y simbólica del edificio. Cada una por una razón específica.

La apropiación jurídica de la Mezquita de Córdoba se basa -según Rodríguez- en la reforma de la Ley hipotecaria hecha por José María Aznar. Ni  la inmatriculación o el registro en 2006 supone la validez como título de propiedad ni la “Consagración” que aduce el Obispado de Córdoba justifica o sirve para acreditar tal título. “Por mucho que el artículo 206 de la Ley Hipotecaria y que el 304 del reglamento de esa ley reconozcan a la Iglesia como Administración y a los diocesanos como funcionarios, se trata de una inconstitucionalidad, tal y como declaró una sentencia del Tribunal Constitucional en 1993 con un artículo de la ley de arrendamiento urbano”, explica Antonio Manuel Rodríguez . Según el abogado, en un Estado aconfesional como el español, el dueño del bien no es otro sino El Estado –que participó en su construcción y mantenimiento- y la ciudadanía, no el Obispado.

En 1998, el PP retiró la excepción de la Ley Hipotecaria con los lugares de culto, lo que permitió a la Iglesia registrar desde capillas o ermitas hasta catedrales.

El Obispado de Córdoba, que no paga impuestos por el usufructo de este tipo de monumentos, ha incurrido también en el caso de la Mezquita de Córdoba en  una apropiación económica y otra simbólica. Apropiación económica porque ha utilizado para así los beneficios de la explotación de uno de los monumentos más visitados de la ciudad.  Construida en el 785, con 23.400 metros cuadrados, la de Córdoba fue la segunda mezquita más grande del mundo en superficie, por detrás de la Mezquita de la Meca, sólo alcanzada posteriormente por la Mezquita Azul (Estambul, 1588). Recibe al año 1.200.000 visitantes, cada uno paga 8 euros para poder acceder a ella -37 euros con visita guiada-. Es decir, dinero que va a parar a las arcas del Obispado. "Las dos últimas reformas que han sido realizadas en el edificio, sin embargo, no han sido sufragados por el Obispado, sino por la Unión Europea y por la Junta de Andalucía", dice Rodríguez.

La última apropiación, la simbólica, es -a juicio de la Plataforma Mezquita-Catedral de Córdoba que ha elevado la protesta - la más grave. Para un edificio que supone el “paradigma de concordia entre culturas”, cualquier gesto que distorsione su origen es lesivo. Y en ese sentido, el asunto tiene miga. EL Obispado de Córdoba le ha retirado a la Mezquita la denominación Mezquita-catedral para referirse a esta como Santa Iglesia Catedral de Córdoba, tal y como es posible comprobar al visitar su página Web. “La Unesco reconoció a la Mezquita como tal porque es su nombre, tan grave es su destrucción física como simbólica”, manifiestan los responsables de la Plataforma Mezquita - Catedral de Córdoba: Patrimonio de tod@s, quienes a través de change.org  han recogido más de 75.000 para dirigirse ante la Unesco. Tal y como informó la prensa de Córdoba, el Obispado ha eludido a las preguntas realizadas acerca de esta protesta por parte de la ciudadanía.

Otros casos: Navarra, Cáceres y Alicante

Uno de los informes más detallados y citados en lo que a registro y titularidad de determinados bienes se refiere, lo realizó el Parlamento navarro en 2008, tras una consulta de Izquierda Unida. Entonces, se realizó un recuento de las inmatriculaciones de todos los juzgados de la región entre 1998 y 2007. El Arzobispado de Pamplona y Tudela había registrado 1.086 bienes, el 60% de los cuales eran  lugares de culto (iglesias, catedrales, ermitas …). Hasta 1998, la Iglesia sólo había inscrito en el Registro de la Propiedad fincas urbanas y rurales.

Entre 1998 y 2007, el Arzobispado de Pamplona y Tudela había registrado 1.086 bienes, el 60% de los cuales eran lugares de culto

Ocurre en otras comunidades. La iglesia fortaleza de San Bartolomé, en Xàbia, Alicante, sufrió una suerte similar. El 21 de agosto de 2009, el Arzobispado de Valencia  inscribió este edificio en el Registro de la Propiedad y lo hizo suyo, sin el consentimiento ni el conocimiento del Ayuntamiento de Xàbia, quien junto con una iniciativa ciudadana llevó el asunto a los tribunales. La Diócesis de Valencia ha utilizado el mismo método para adueñarse de la ermita de la Muntanyeta en Alberic, y la del Lluch, en Alzira. Sin embargo, el caso de Xàbia es el más llamativo y el que mayor respuesta popular ha generado.

El Obispado de Plasencia –en Cáceres- ha incluido en su patrimonio en los últimos años las iglesias de 11 localidades de la comarca de la Vera (Cáceres): Madrigal de la Vera, Villanueva de la Vera, Valverde de la Vera, Viandar de la Vera, Robledillo de la Vera, Guijo de Santa Bárbara, Aldeanueva de la Vera, Jarandilla de la Vera, Jaraíz de la Vera, Torremenga y Pasarón de la Vera. Los pueblos de  Madrigal de la Vera y Villanueva de la Vera reaccionaron. En 2009, los vecinos de Madrigal de la Vera reclamaron la devolución de los terrenos colindantes a la Iglesia de San Pedro Apóstol, que antiguamente eran utilizados como cementerio municipal. Casos similares se han registrado en Castilla y León, así como también en Galicia y Madrid.

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