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Cultura

Una entrada de teatro paga el mismo IVA que un Gin Tonic

Están por cumplirse los dos meses desde que entró en vigor la medida del aumento del IVA y en lo que a la cultura se refiere, el panorama no es para nada alentador. Por un lado está la caída de la taquilla y el consumo de cultura entre los propios ciudadanos. La recaudación en las salas de cine españolas ha caído un 10,43% con 412 millones de euros frente a los 460 de 2011 mientras que el número de espectadores ha descendido un 9,5%. A eso se suma unas pérdidas del 30% en el sector artes escénicas y una caída de público en los conciertos cercana al 35%.

La otra cara de la moneda cae del lado del Gobierno. Hasta hace unos meses, cuando era necesaria una explicación  sobre porqué una entrada al teatro pasaba de tributar del 8% al 21%, el gobierno, a través de Hacienda, explicó que se había "reclasificado el IVA de ciertos productos de entretenimiento como las entradas de los espectáculos (cine, teatro y otros) que pasabann al tipo general del 21%". La idea de cultura como mercancía se instaló rápidamente. 

Con esa nueva clasificación España se desmarcó de los principios que hasta ahora había compartido junto a la mayoría de la comunidad internacional (126 países) para proteger la diversidad cultural según lo establecido en la Convención sobre la Protección y la Promoción de la diversidad de las expresiones culturales de la Unesco, aprobada en 2005.

Frente a lo que la Hacienda española interpreta ahora (al equiparar las entradas a espectáculos culturales con la compra de un coche o un gin-tonic), el artículo 4.4 de la convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales, es tajante: "Las ‘actividades, bienes y servicios culturales’ se refieren a las actividades, los bienes y los servicios que, considerados desde el punto de vista de su calidad, utilización o finalidad específicas, encarnan o transmiten expresiones culturales, independientemente del valor comercial que puedan tener. Las actividades culturales pueden constituir una finalidad de por sí, o contribuir a la producción de bienes y servicios culturales". ¿Puede equipararse eso con una copa?

En resumen: según establece esa convención, los productos culturales no son una mercancía más. Los motivos para aprobar la convención, que fue ratificada por el Congreso de los Diputados y, por tanto, tiene rango de ley, siguen siendo válidos, aunque el Gobierno, según los expertos, esté retrocediendo en los conceptos de cultura sobre los que elabora sus políticas. Y, en ese sentido, la actual tributación contradice el espíritu de ese acuerdo, ya que despoja al producto en sí (ya sea una película, una obra, un recital) de su condición de bien susceptible de una protección y divulgación. Probablemente la copa de Gin Tonic puede tener una incidencia algo más acotada que una representación de Electra o un concierto de Bob Dylan o Daniel Barenboim, de ahí que hubiese que favorecer mediante determinadas medidas fiscales, la circulación de unas y otras. Aunque ése, de momento, en España, no es el caso, ya que su IVA cultural es el más alto de la Eurozona.

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