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Cultura

Cinco razones que explican por qué la sentencia de la UE sobre el Canon afecta a su bolsillo

La sentencia del TJU determina que el canon digital que desde 2012 compensa a los autores con dinero público es ilegal. Eso incidirá en las formas de pago.

Fue la medida más criticada del PSOE de José Luis Rodríguez Zapatero. Pero también del PP que gobernó con Mariano Rajoy en la Moncloa. No hubo entidad de derechos que no fuera en su contra, por una razón u otra. En el caso de los socialistas porque cargaba duramente con una tasa y con los populares porque decidió sumar la cuenta al erario público.

Se trata del Canon por copia privada, la gran cuenta pendiente de la legislación en temas de Propiedad Intelectual en España, un tema sobre el que la Unión Europea ha dictado una Sentencia deja claro que el modelo que en el año 2012 impuso la Secretaría de Estado de Cultura por el que la compensación por copia privada pasaba a financiarse con cargo a los Presupuestos Generales del Estado es ilegal y contrario a la Directiva Europea.

La Sentencia emitida este jueves propone reconocer "el justo equilibrio de derechos que supone la copia privada": el de los productores, autores, actores, artistas plásticos e intérpretes y autores literarios a ser compensados justa y equitativamente, y a la vez permite a los usuarios realizar copias privadas de forma legal como ocurre en la mayoría de los países de nuestro entorno.

Pagan justos por copiadores. El derecho a la copia privada establece que cualquier persona puede tener copias de contenidos protegidos por derechos de autor (películas, música, libros) para su uso personal. A cambio los titulares de la propiedad intelectual de esos contenidos tienen derecho a una compensación económica, como establece la legislación europea. Hasta diciembre de 2012, esta cantidad se obtenía mediante una tasa a todos los soportes (DVDs vírgenes, discos duros, teléfonos móviles, ordenadores) susceptibles de almacenar este tipo de contenidos.

Coge el dinero…. Y vuelve. Durante la segunda legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero, la recaudación por canon digital aumentó desde 83 a 115 millones de euros. Tras la modificación de los populares a través de un real Decreto, esa cantidad se redujo a 8,6, hasta fijarse en los cinco millones de los tres últimos ejercicios. No tardaron en llevarse las manos a la cabeza las principales agencias de Gestión de Derechos de Autor, que elevaron hasta el Tribunal Supremo la reclamación del pago del importe.

Pagan justos (y más) por pecadores. La medida abre la puerta para que sean admitidas las demandas de pago de las entidades de gestión de derechos. En 2012, SGAE, Egeda , AIE, Agedo, DAMA, Aisge, Cedro y Vegap ya reclamaban cerca de 100 millones de euros por prejuicio patrimonial. Esa cantidad, en la actualidad, podría ser de entre 80 y 100 millones de euros anuales, lo que sumaría un total de entre 320 y 400 millones de euros. De prosperar esa solicitud, la deuda se pagaría con dinero de todos los contribuyentes, copien o no.

¿Hay o no que pagar? ¿Cuándo y cuánto? Según el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de la UE responde a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo en el procedimiento en el que enjuiciaba la legalidad del Real Decreto 1657/2012, de 7 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Corresponde ahora al Tribunal Supremo dictar sentencia. Solo corresponde a ese órgano aclarar la dimensión de la compensación. La provisionalidad y falta de acuerdo en la materia agravan la situación de cara a una situación política irregular: la no formación de gobierno y por tanto el retraso de las decisiones en la materia.

Precariedad de los creadores y de la industria. Con o sin sentencia, los creadores han sufrido lo peor, el descenso de los ingresos por el derecho a la copia ha tenido reflejo directo sobre los fondos asistenciales con los que cada entidad de gestión ofrecía a sus socios ayudas sociales, prestaciones para situaciones de urgencia, promoción, ayuda para la adquisición de material auditivo u ortopédico. Es un mandato de la ley: 20% de las cantidades destinadas a la compensación por copia privada deben destinarse a programas sociales. Estas han disminuido 21 veces el valor actual -180.000 euros- frente a los 3,8 millones originales.

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