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Motor

Tercera sentencia favorable para VW en España por el ‘dieselgate’

Volkswagen ha recibido la tercera sentencia favorable en España por denuncias de clientes de la marca.

Se trata de la tercera sentencia, después de las de Torrelavega (Cantabria) y Zaragoza, en la que la Justicia rechaza las denuncias interpuestas por los clientes de Volkswagen. De acuerdo con el fallo, al que ha tenido acceso Efe, la dueña del vehículo demandó al concesionario Levante Wagen y a la correduría de seguros Volkswagen Insurance services por considerar que el vehículo adquirido en agosto de 2013 no cumplía con lo ofertado. 

La denunciante argumentó que lo compró por las tecnologías que incorpora para reducir el gasto de combustible así como las emisiones de CO2 y de NOx y que, por tanto, lo hacen más respetuoso con el medioambiente. Por ello, reclamaba la nulidad del contrato de compraventa, la devolución del importe abonado así como los gastos asumidos y que se la resarciese por el daño causado 

El Juzgado, tras analizar las pruebas presentadas por las partes, ha llegado a la conclusión de que el vehículo es apto para la circulación y no representa mayor peligro para el medio ambiente que otros productos similares. En su opinión, no es más contaminante en cuanto a las emisiones de óxido nitroso que otros de la misma gama y además "se sitúa en cuanto a nivel de emisiones en una zona media baja". 

Asimismo, el tribunal destaca que el comportamiento "anómalo del vehículo no tiene lugar dentro de una conducción normal, puesto que la programación del software discriminaba y se comportaba de modo distinto en el ciclo de rodillo, durante las pruebas de homologación. 

Igualmente tampoco se ha acreditado que la demandante sea una persona con especial preocupación por el medio ambiente ni que pertenezca a ninguna asociación ecológica, según la sentencia. La jueza también recuerda que es un hecho "notorio" que por parte de Volkswagen se va a dar una solución técnica al motor sin coste alguno para los propietarios. Por todo ello, desestima la demanda, considera que no ha lugar al resarcimiento de daños y perjuicios y condena en costas a la denunciante.

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