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El Banco de España solivianta a las cajas con ayudas al exigirles información sobre los sueldos

El Banco de España ha soliviantado a las cajas de ahorros que han percibido ayudas públicas con su requerimiento de información sobre los salarios individualizados de la cúpula, según fuentes de las entidades afectadas consultadas por Europa Press.

Entre las cajas que han recibido ayudas del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) en sus dos fases cunde la impresión de que el organismo que preside Miguel Ángel Fernández Ordóñez ha elegido a este sector para hacer un ejercicio de transparencia sin parangón.

A su parecer, la transparencia a la que están obligadas las entidades puede alcanzarse por otros medios, como sería facilitar la información agregada, sin necesidad de interferir en la esfera de la intimidad personal de los miembros del comité de dirección.

Desde una institución recalcaron, además, que la información exigida es muy sensible y "puede exponer a los afectados a una situación de indefensión frente a terceros que pudieran querer utilizarla con el fin de actividades delictivas contra sus bienes, su persona, o la de sus familiares más cercanos".

En este sentido, indicaron que las cajas están sometidas a unos requerimientos de transparencia mayores a los que están sometidos otros agentes del mercado, y como ejemplo, apuntaron que éste es el único sector que hace públicos los datos relativos a los créditos concedidos a partidos políticos.

Las cajas que han percibido ayudas públicas tienen hasta mañana 31 de diciembre como fecha límite para decidir si publican los sueldos de su cúpula de manera individualizada o se acogen a la ley de protección de datos para no difundir la información.

El Banco de España ha establecido por circular que cada uno de los miembros del consejo y del comité de dirección de las entidades con dinero público deberá especificar la remuneración fija y variable, las cláusulas de blindaje, pensiones, créditos o retribución en acciones, entre otros emolumentos.

No obstante, los afectados por dicha medida deberán aceptar la publicación de dichos datos de carácter personal o especificar, por el contrario, que no lo hacen.

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