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España

Mediapro levanta el concurso de acreedores y estudia acciones legales contra Grupo Prisa

El juzgado mercantil número 7 de Barcelona ha rechazado las objeciones que planteó el Grupo Prisa al acuerdo alcanzado entre Mediaproducción, propietaria de los derechos de la Liga de Fútbol, y sus acreedores en diciembre de 2010, lo que, en la práctica, supone el levantamiento de todas las medidas de intervención y de control por parte de la administración concursal, según ha informado Mediapro.

Mediaproducción presentó en junio de 2010 un concurso voluntario de acreedores dentro de la denominada 'guerra del fútbol'. Posteriormente, en enero de 2011, la compañía anunció que había realizado una Propuesta Anticipada de Convenio (PAC) a sus acreedores, que contemplaba el pago íntegro de su deuda ordinaria en un plazo de 35 meses y sin quitas.

Este convenio, apoyado por las entidades financieras y por la gran mayoría de los acreedores, según Mediapro, fue votado y aceptado en diciembre del 2010 y contó con el voto en contra y la oposición reiterada de las empresas del Grupo Prisa, Audiovisual Sport, Distribuidora de Televisión Digital y Prisa TV.

Sin embargo, este viernes, el juzgado ha comunicado a Mediaproducción que rechaza todas las objeciones que Prisa había planteado al convenio de acreedores, con lo que la compañía ha salido de la situación de intervención concursal en la que se encontraba desde junio de 2010, "recuperando plenamente la normalidad absoluta en su gestión diaria", informa Mediapro en un comunicado.

Mediapro ha reiterado que el concurso de acreedores fue solicitado de forma voluntaria "ante la decisión de Sogecable, manifestada por escrito, de no cumplir con sus obligaciones de pago correspondientes al contrato por los derechos de emisión del fútbol" y ha asegurado que "en ningún momento ha peligrado la viabilidad y actividad de Mediaproducción, que ha seguido desarrollándose con total normalidad".

Además, Mediapro ha anunciado que estudia la presentación de una demanda contra Prisa "por los daños y perjuicios ocasionados tanto por la entrada en concurso (motivada por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales) como por todas las maniobras dilatorias que ha llevado a cabo durante todo el proceso, y que han sido rechazadas sistemáticamente tanto por parte del Juez como de la administración concursal".

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