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España

El Supremo afirma que el indulto a Alfredo Sáenz fue una "clara extralimitación"

El indulto que concedió el Gobierno de Rodríguez Zapatero al vicepresidente y consejero delegado del Santander, Alfredo Sáenz, constituiría "una clara extralimitación del poder conferido por la Ley del Indulto al Gobierno", según reza una sentencia del Tribunal Supremo. La defensa de Sáenz recurrirá la sentencia del Supremo que anula parcialmente el indulto, según han explicado a EFE fuentes del Santander, que han añadido que la defensa presentará en breve un recurso de amparo "por infracción del derecho de igualdad y del derecho a tutela judicial efectiva".

La sentencia reprueba que se "pretenda extender los efectos de la medida de gracia al ámbito administrativo". No en vano, Alfredo Sáenz quedó inabilitado para ejercer el oficio bancario cuando fue condenado en firme por un delito de acusación falsa. Sin embargo, el indulto que le concedió el Gobierno socialista en 2011 le condonó, a cambio de una multa, las penas de arresto y la suspensión para la profesión bancaria.

El texto del Supremo, redactado por nueve magistrados y con ponencia de Carlos Lesmes, determina que, aunque el Gobierno tenía potestad para indultar las penas, no podía condonar sus consecuencias administrativas. "Llevar más allá la extensión de la gracia no solo contraviene la ley sino la propia Constitución", señala el Alto Tribunal.

"La prerrogativa de indulto supone una intromisión del Ejecutivo en los resultados de un proceso penal seguido con todas las garantías y en el que se ha impuesto por los tribunales la consecuencia prevista en la ley para quien ha cometido un delito. La ley no autoriza al Gobierno a condonar cosa distinta de la pena o penas impuestas", subraya la sentencia.

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