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España

El Constitucional rechaza suspender el Pleno independentista del Parlament

Arrimadas, Iceta y Albiol, ayer ante el Tribunal Constitucional.

El Pleno del Tribunal Constitucional –integrado por once magistrados- ha rechazado esta tarde decretar la suspensión del Pleno soberanista que está previsto que se celebre el próximo lunes en el Parlamento catalán, según informan fuentes del tribunal de garantías a Vozpópuli. Esta decisión ha sido adoptada por unanimidad, según sostienen las mismas fuentes.

"Son las Asambleas parlamentarias las que, en primer lugar, deben velar por que sus decisiones se acomoden a la Constitución", dice el TC

El TC ha aprobado este fallo atendiendo a que este órgano ha sido siempre "enormemente contenido" y "muy cauteloso" a la hora de inmiscuirse en cualquier tramitación parlamentaria antes de que ésta termine en una resolución. Un supuesto que aún no se ha producido en este caso en el Parlamento de Cataluña ya que lo que el PP, PSC y C's tratan de evitar es que se celebre el Pleno donde se debata una propuesta de ruptura con España. 

En sendos autos, el Pleno afirma que, si bien la ley permite suspender cautelarmente la ejecución de cualquier acto de los poderes públicos que sea objeto de un recurso de amparo, el Tribunal siempre ha destacado "como uno de los fundamentos del sistema democrático, que el Parlamento es la sede natural del debate político y que el eventual resultado del debate parlamentario es cuestión que no debe condicionar anticipadamente la viabilidad misma del debate".

En este caso concreto, la petición de adopción de la medida cautelar rebasa la función del recurso de amparo al promover "un control de constitucionalidad sobre una resolución que no se ha adoptado y cuyo contenido último se desconoce". La finalidad del recurso de amparo, añade, está a salvo, pues una eventual sentencia estimatoria de la demanda "conllevaría la declaración de nulidad de todos aquellos actos, incluidos los de trámite, que hubieran resultado lesivos de los derechos fundamentales de los demandantes de amparo".

El Pleno afirma ser consciente del "riesgo" de que en el Pleno del Parlamento de Cataluña anunciado para el próximo día 9 se apruebe una resolución acorde con la propuesta tramitada. Sin embargo, afirma que "ello no debe llevar a distorsionar el momento asignado por el Ordenamiento constitucional a cada institución para ejercer sus competencias". Y "en este momento añade- es a la propia Cámara autonómica a la que corresponde velar porque su actuación se desarrolle en el marco de la Constitución".

"Son las Asambleas parlamentarias, en su condición de poderes constituidos, las que, en primer lugar, deben velar por que sus decisiones se acomoden, en todo momento, a la Constitución", remata al respecto.

Unanimidad en los recursos

El argumento jurídico para no suspender el Pleno es el mismo que el tribunal ya utilizó durante la tramitación de los casos Ibarretxe o el Estatut de Cataluña

Pasada la una de la tarde y tras una reunión que se ha prolongado durante dos horas -estaba previsto que arrancase a las 10 de la mañana pero la reunión comenzó finalmente a las 11 horas- los magistrados dieron a conocer que admitían a trámite los recursos de amparo.

Por unanimidad, el Pleno decidió así tramitar los recursos del Partido Popular, Partido Socialista y Ciudadanos contra los acuerdos de la Mesa del Parlament aprobados por Junts pel Si y la CUP a favor de una propuesta de resolución separatista y sobre la convocatoria y celebración el pasado martes de una Junta de Portavoces previa al Pleno sin que el PP hubiera formado aún grupo parlamentario.

El tribunal ha apreciado que los citados recursos de amparo cumplen el requisito de la "especial trascendencia constitucional" que exige la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) "porque plantea cuestiones sobre las que no hay doctrina de este Tribunal". Asimismo, el Pleno señala que "el asunto trasciende del caso concreto, al suscitar una cuestión jurídica de relevante repercusión social, con consecuencias políticas generales".

En tres providencias, notificadas este jueves, el Pleno acuerda también dirigirse al Parlamento de Cataluña para que, en un plazo que no exceda de 10 días, "remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones parlamentarias correspondientes a los acuerdos impugnados" y para que pueda personarse en el procedimiento.

El tc mantiene la suspensión de la hacienda catalana

El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado mantener la suspensión del decreto para crear el Comisionado para la Transición Nacional, promovido por la Generalitat, y también la ley de Hacienda Catalana, que ya habían sido suspendidos en julio tras admitirse a trámite un recurso del Gobierno central.

En su resolución, el Pleno del TC considera ahora que son cuestiones "de gran relieve constitucional" que aconsejan, como ocurrió con la declaración soberanista aprobada por el Parlament en enero de 2013, ratificar la suspensión durante el tiempo indispensable para que se pueda resolver la impugnación.

En relación con el decreto del Govern que creó el Comisionado de Transición Nacional, el TC recalca que esta entidad tiene como finalidad "la culminación del proceso de transición nacional y el seguimiento de las estructuras del Estado".

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