Quantcast

España

Hacienda no acredita el pago en negro de las obras del PP y pasa la decisión al juez Ruz

En el documento elaborado por la Agencia Tributaria no se pronuncia sobre si las donaciones con las que supuestamente se costearon las obras de la sede central del PP hace ocho años son legales o ilegales ni tampoco sobre la veracidad o no de los manuscritos del extesorero Luis Bárcenas, ni de los flujos financieros que estos reflejan. “Las conclusiones están total y absolutamente subordinadas a la valoración final que se practique de las pruebas obtenidas, con vista a clarificar la existencia o no de una cierta corriente financiera de cobros y pagos continua en el tiempo, al margen de la contabilidad remitida por el Partido Popular al Tribunal de Cuentas”, se lee en el informe.

La Agencia Tributaria mantiene que es el juez Ruz quien tiene que decir si era o no 'dinero b'

Suponiendo que las donaciones con las que se pagaron las obras al arquitecto Gonzalo Urquijo fueran ilegales, se añade en el informe, se trata de una conducta tipificada como infracción administrativa que corresponde sancionar al Tribunal de Cuentas. En el ámbito tributario, sólo está prevista la reacción específica respecto al donante, pues en este caso no podría beneficiarse de los incentivos previstos en la ley de Mecenazgo.

El nuevo informe de la Agencia Tributaria ajusta criterios con uno previo elaborado por la Dirección General de Tributos que dejaba algunos aspectos de la investigación en el aire. El caso parte de unos apuntes realizados en su día por Bárcenas en los que se refleja que Gonzalo Urquijo cobró 888.000 euros en dinero negro en 2006 por las obras realizadas en el edificio de Génova, 13, cantidad que, según se ha conocido con posterioridad, pudo elevarse a casi 1,6 millones si se tienen en cuenta las reformas realizadas también en la planta baja de la misma finca.

Después del informe de Tributos, la Agencia Tributaria elaboró otro denominado de “auxilio judicial”, en el que se aprecian descuadres contables, pero no el uso de dinero b, ya que Pablo Ruz tampoco pidió a la Agencia un pronunciamiento concreto sobre este extremo. En el documento final, Hacienda se limita a apreciar que “se trataría de un mayor valor del inmovilizado material del partido”. Si el origen de esos fondos fue una donación, como las que prevé la ley de Financiación de partidos del año 1987, “sería un ingreso exento” en el Impuesto sobre Sociedades, mantiene la Agencia. La finalidad de esta ley fue que solo quedaran fuera de esta exención fiscal las donaciones a los partidos destinadas a fines no políticos, teniendo en cuenta que cuando se elaboró la norma existía ETA y había algunas formaciones que destinaban fondos para financiar el terrorismo.

Hacienda concluye ahora que no se acredita ni se confirma el pago en b y que no le corresponde pronunciarse sobre la veracidad o no de los flujos financieros, porque no se lo ha solicitado, además, el magistrado. “Solo se han analizado las consecuencias fiscales de los presuntos flujos financieros en caso de confirmarse su veracidad”, apunta.

El juez no ha pedido a Hacienda que se pronuncie sobre si el pago de las obras se realizó con dinero negro

Los abogados de UPyD, principales promotores de esta investigación judicial, hacen otra interpretación de la normativa tributaria y ahora es Pablo Ruz quien dispone de todos los elementos de juicio para decidir.

El sindicato de técnicos de Hacienda, Gestha, interpreta que el informe preliminar enviado por Hacienda al juez Ruz avala la exención de la tributación en el Impuesto sobre Sociedades de las donaciones realizadas al PP y, desde esta premisa, cree que podría ser utilizado como “salvavidas” por los partidos que hayan recibido ayudas ilegales, con el objetivo de eludir la posible responsabilidad delictiva que pudiera derivarse de no considerarse exenta esta tributación.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.