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España

El juez De la Mata rechaza que la investigación al clan Pujol vuelva a los juzgados de Barcelona

Jordi Pujol y Marta Ferrusola en la Audiencia Nacional.

El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 de la Audiencia Nacional, el juez José de la Mata, ha dictado un auto donde rechaza que la investigación al clan de los Pujol deba volver a los juzgados de Barcelona. El pasado 4 de diciembre la juez de Barcelona, Beatriz Balfagón, que investigaba la fortuna que el expresidente de la Generalitat Jordi Pujol i Soley mantuvo oculta al fisco durante treinta años,  se inhibió a favor de la Audiencia Nacional  en un auto donde echó por tierra la tesis de que dicho dinero amasado en el extranjero procediese del legado familiar heredado de su padre, Florenci Pujol.

La defensa de Pujol quería que la Audiencia Nacional aplicase la jurisprudencia que el TS con el 'caso Rato' para dejarlo en los juzgados de Madrid

Entonces, el juez De la Mata aceptó dicha inhibición y la defensa de la familia Pujol recurrió esta decisión. En el recurso, los letrados del expresident Pujol hacían referencia al auto dictado en diciembre por el Tribunal Supremo sobre el denominado 'caso Rato', donde la Sala de lo Penal decidió que dicho procedimiento contra el ex vicepresidente del Gobierno debía continuar investigándose en los juzgados ordinarios de Madrid en vez de la Audiencia Nacional. La defensa de Pujol alegaba que en el procedimiento abierto a Rodrigo Rato también se investigan delitos de blanqueo de capitales y fraude fiscal y que, en ese caso, el Alto Tribunal determinó que el hecho de que "parte de los fondos supuestamente ilícitos pudieran ir a parar finalmente al extranjero no significa que el delito de blanqueo de capitales se cometa en dicho lugar".

Sin embargo, el juez José de la Mata rechaza ahora las pretensiones de la familia Pujol alegando que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya indicó en el año 2013 que dicho tribunal era competente para investigar al primogénito del clan, Jordi Pujol Ferrusola, y que, recientemente, la propia Audiencia de Barcelona ha respaldado la inhibición de la jueza Beatriz Balfagón.

Una familia, una "organización"

Además, en la resolución, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, el magistrado argumenta que existe un fuerte vínculo de "conexidad" que hace necesario investigar a los miembros de la familia Pujol de forma conjunta. "Puede afirmarse que existen indicios de que los miembros de la familia Pujol Ferrusola han venido orquestando durante años una estrategia compartida y coordinada para desarrollar distintos negocios económicos, generar réditos, ocultarlos, y distribuirlos entre todos de acuerdo con criterios establecidos para conseguir el lavado de los activos conseguidos. Por esta razón, la investigación y enjuiciamiento acerca de la regularidad del origen de la fortuna amasada a lo largo de los años por los miembros de la familia Pujol Ferrusola y las estrategias puestas en marcha para el blanqueo de los capitales generados, no debe ni puede desarrollarse de modo autónomo de la investigación y enjuiciamiento de los hechos que se atribuyen al propio Jordi Pujol i Soley y otros miembros de la familia en cuanto al origen y gestión de los concretos fondos aparecidos en Andorra y respecto de los que mantienen el referido origen hereditario", recalca el juez De la Mata.

De la Mata defiende la "conexidad" que existe entre los hechos que se investigan desde un primer momento en la Audiencia y los de Barcelona no permiten dividir la causa

Asimismo, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 sostiene que "un simple cotejo entre los hechos objeto de las diligencias seguidas la Audiencia Nacional y los de la causa penal seguida en Barcelona pone claramente de manifiesto la concurrencia en el presente caso de criterios de conexión (art. 17 LECrim), tanto en relación con los inculpados como en relación con los hechos punibles".

En el auto, el juez añade que "los vínculos existentes entre los miembros de la familia Pujol; sus pautas comunes de comportamiento; la coordinación de actividades; la asignación de roles; la distribución o reparto de cantidades multimillonarios entre todos ellos en función de los ingresos que recibían en las cuentas bancarias ocultas que mantenían en jurisdicciones extranjeras; y el particular sistema de rendición de cuentas existente para controlar esos repartos de fondos, revelan la existencia de un patrón de comportamiento reiterado durante años, que apuntan elementos básicos de una organización". Por esta razón, De la Mata concluye que "el conocimiento de estos hechos de manera arbitraria y artificial en procedimientos separados y la consiguiente fragmentación de los hechos, impediría ganar una visión de conjunto sobre los mismos que sitúe a cada miembro de la familia en su justa posición, y vulneraría los principios de indivisibilidad, homogeneidad e identidad fáctica". Contra este auto cabe interponer recurso en el plazo de cinco días.

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