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España

La imputada número 43 obliga al juez Castro a redactar "un tratado de derecho procesal"

Imagen de archivo del juez José Castro, a su salida del Palacio de Justicia de Palma de Mallorca.

Es, seguramente, el auto de imputación más extenso de la historia judicial española. Nada menos que 227 folios para cargar de argumentos y razones la citación por segunda vez de la infanta Cristina como imputada en el 'caso Nóos'. Tanto es así que el propio juez José Castro ironiza en su escrito que ha necesitado redactar "poco menos que un tratado de derecho procesal" para poder convocar ante él a la que será la imputada número 43 del sumario. El magistrado destaca que cada día "millares" de personas son citadas por los juzgados de toda España "con total respeto a las garantías procesales y sin que absolutamente a nadie se escandalice". Como ejemplo de todo ello, Castro pone las 42 que él mismo ha convocado hasta ahora en el 'caso Nóos' y los autos y providencia que ha utilizado para ello, cuya extensión califica de "telegráfica si se las compara con la que mereció y merece ahora doña Cristina Federica de Borbón y Grecia".

En el auto en el que decidió la imputación de Urdangarín, el juez empleó sólo trece líneas en argumentar su decisión. Nadie recurrió entonces su decisión

De hecho, el magistrado dedica un amplio espacio de su escrito a detallar cómo se han producido esas otras imputaciones dentro del 'caso Nóos' y cómo, hasta ahora, no habían provocado la virulenta oposición del Ministerio Fiscal ni, tan siquiera, de las propias defensas. En este sentido, destaca que la imputación es una figura juridica que permite que "una persona preste declaración con determinadas garantías jurídicas" sin que por ello se le prive "del beneficio de presunción de inocencia". "No se trata de un singular privilegio especialmente instituido para la ocasión sino que es rigurosamente el mismo que protege absolutamente a todos los imputados en todas las causas que se instruyen bajo nuestro sistema procesal", recalca el juez que añade que ello "no solamente no impide sino que es perfectamente compatible con que sean citados para prestar declaración". En este punto, el juez critica el "empecinamiento" del fiscal, Pedro Horrach, en debatir en este momento si la hija de Rey "es culpable o inocente", momento procesal que aún no ha llegado, según recalca el propio magistrado.

Por ello, destaca que que sólo en el 'caso Nóos' se han dictado providencias y autos para que acudan como imputadas otras 42 personas, y que "se perdería la cuenta" si se ampliara la realación a todo el sumario Palma-Arena, del que aquel forma una pieza separada. "Todos ellos unidos con el mismo principio de presunción de inocencia que doña Cristina Federica de Borbón y Grecia", añade. A continuación, el magistrado empieza a numerar uno a uno estos casos, empezando por el de Diego Torres, socio de Iñaki Urdangarín, y uno de los principales encausados. Según detalla, éste fue llamado por una providencia del 31 de mayo de 2011 "que textualmente se limitaba a decir: '1º Abrir con la documentación aportada el anexo número 42; y 2º Recibir declaración en calidad de imputado y con instrucción de sus derechos a don Diego Torres Pérez". El juez destaca que pese a "la parquedad de tal pronunciamiento" en su día "ni el afectado ni ninguna parte ni, por supuesto, el Ministerio Fiscal, plantearon reproche alguno sobre una supuesta indefensión que pudiera generar la fórmula de llamamiento elegida ni nadie se sintió llamado a formular recurso alguno".

Dos recuersos rechazados

El juez continúa con los casos del alto cargo del gobierno balear José Luis Ballester, 'Pepote', y de Raimundo Alabern, ex gerente del Instituto Balear de Turismo, que fueron citados a declarar el 18 de julio de 2011 con una providencia aún más breve que la de Torres y por la que "nadie se sintió indefenso por los escueto de las fórmulas empleadas ni proclive a la interposición de recursos", recalca. De hecho, en el caso de Ballester, éste fue de nuevo convocado meses después con argumentos igual de breves sin que "ni el afectado ni el Ministerio Fiscal" impugnasen la decisión. Algo asimilar ocurrió con las imputaciones de diciembre de 2011 de Diego Torres, por segunda vez, su esposa Ana María Tejeiro; el hermano de ésta, Marco Antonio Tejeiro, y del fiscalista Salvador Trinxet a través de una breve providencia que "tampoco recibió el menor reproche".

El magistrado destaca en su escrito que ninguna de las anteriores 42 citaciones como imputados que ha dictado dentro del caso Nóos "había generado tal complejidad procesal inaudita hasta ahora" como la de la hija del Rey

El magistrado se detiene también en el caso del propio Iñaki Urdangarín, que fue citado para que prestara declaración como imputado por un auto de fecha 29 de diciembre de 2011. En el caso del duque de Palma, el juez fue algo más extenso en su explicaciones sobre los motivos que le llevaban a tomar dicha decisión y utilizó trece líneas en el punto cuarto de aquel escrito en las que detallaba sobre qué iba a versar su declaración. No obstante, recuerda que "ni en los antecedentes de hecho [...] ni en sus fundamentos jurídicos se menciona ni tan siquiera un sólo indicio con el que se pretendiera justificar ante el afectado ni tampoco ante terceros la procedencia del llamamiento ni la calidad en que lo fue". Pese a ello, nadie interpuso ningún recurso tampoco a dicha imputación en aquel momento.

Así, uno tras otro, el juez va detallando cómo fue citando a declarar ante él a decenas de personas y especifica el escueto argumentario que incluyó en providencias y autos para hacerlo, muy lejos de los 227 folios que se ha visto obligado ahora a redactar para justiciar la citación de la infanta Cristina. En algunos casos, recuerda el juez, la convocatoria se limitaban a fijar "lugar, día y hora" sin más detalles sobre la misma. De todos esos casos, sólo dos de los afectados impugnaron la decisión. Uno, Antonio Ballabriga, ex consultor en el Instituto Nóos, cuyo recurso fue desestimado sin que fuera más allá. El segundo, Luis Lobón, alto cargo del gobierno valenciano, que vio cómo la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma respaldaba la decisión del magistrado en un auto que el juez Castro considera ahora que se ajusta "como un guante" al caso de la infanta. En él, el tribunal aseguraba que para tomar esta decisión el instructor no estaba obligado a incluir en el escrito de imputación los hechos punibles ni a detallar la eventual participación de la persona citada en los mismos, como ahora sí ha tenido que hacer con la hija del Rey.

El caso de Isabel Villalonga

Además, el juez recuerda que a lo largo de la instrucción, al menos a seis de las personas que declararon como imputadas se les levantó posteriormente dicha condición y quedaron como simples testigos. Una circunstancia que, destaca, "viene a ratificar que el camino de la imputación, aunque nunca se debe iniciar ni recorrer caprichosamente, es de claro retorno en no pocos casos". Además, en uno de esta media docena de casos, el de la exsecretaria de la Presidencia de la Comunidad Valenciana, Isabel Vilallonga, de quien el juez destaca que durante la investigación posterior a su citación no sólo quedó claro que no estaba implicada en el saqueo realizado por el Instituto Nóos, sino que incluso salió a la luz "su meritoria labor al rechazar el pago de facturas que le fueron presentadas" por Urdangarín y su socio para cobrar cerca de 2 millones de euros. Una situación, la de la posterior desimputación, que el juez no descarta, ni mucho menos, que "pudiera acontecer" con la propia Infanta una vez que ésta haya declarado. 

"Lo único que se pretende es brindar a aquélla [la hija del Rey] la posibilidad de que personalmente, no a través del filtro de su dirección letrada, facilite explicación sobre determinados indicios objetivos de criminalidad, no fruto de una caprichosa elucubración" recalca en su auto el magistrado, quien recuerda que "ninguna anterior citación de una persona para que compareciera a prestar declaración en calidad de imputada había generado tal complejidad procesal, inaudita hasta ahora". Por todo ello, Castro augura que "cuando finalice la instrucción de esta Pieza Separada y se vuelva a la normalidad procesal quizá pocas personas quieran recordar que para llamar a una persona a prestar declaración en calidad de imputada, trámite éste que por millares se viene llevado a cabo cada día en los Juzgados de España con total respeto a las garantías procesales y sin que absolutamente a nadie se escandalice, se habría precisado escribir poco menos que un tratado de derecho procesal". Los 227 folios de su detallado auto respaldan esta última afirmación.

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