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El juez estudia el documento clave para la imputación de la Infanta: la hija del Rey firmó las cuentas de Aizoon durante 9 años

El juez Castro estudia los últimos informes para decidir la imputación de la Infanta

El juez que instruye el caso Noos ultima su decisión sobre la posible imputación de la infanta Cristina. Para ello ha comenzado a estudiar un informe pericial sobre las cuentas de la empresa contrario al del Ministerio de Hacienda en el que se concluye que tanto Urdangarín como la hija del Rey son responsables de un delito fiscal.

Frente al argumento de los abogados de la Infanta que sostienen que desconocía las cuentas de Aizoon y las actividades de su marido, el informe aporta los documentos del Registro Mercantil de Barcelona que reflejan que la hija del rey aprobó con su voto en nueve ocasiones, de 2004 a 2012, tanto las cuentas anuales de la empresa como el «informe de gestión» de Aizoon. Ocho de las reuniones se celebraron en Barcelona y una más, en junio de 2012, en Washington, donde residía el matrimonio. En todas las Juntas de Socios, Cristina de Borbón actuó como presidenta y Urdangarín como secretario. El informe aporta las actas de las Juntas y el testimonio del administrador de la sociedad en cuya declaración ante el juez aseguró que la esposa de Urdangarín “acudía a las juntas y los asesores le presentaban las actas para la firma”.

(Haga click sobre el acta para verla a pantalla completa)

El documento desmonta la tesis de los abogados de la infanta que atribuyen únicamente a Urdangarín la responsabilidad de las cuentas con tres conclusiones:

  • 1- Las actas reflejan “consciencia y plenamente conocimiento por parte de ambos socios”
  • 2- "Alegar ignorancia en el derecho penal tributario tiene el mismo valor o menos que en derecho penal en general”
  • y 3- Y asegura que resulta poco creíble que doña Cristina no conociera las actividades de Aizoon si se tiene en cuenta la “ubicación de la sede de la sociedad en el domicilio particular inicialmente tras la formalización de un contrato de alquiler en el que aparecen las firmas de ambos socios y las facturas de ambos socios a Aizoon, S.L.”

El informe aportado por la acusación popular Manos Limpias al juez Castro denuncia, además, el obstruccionismo por parte del matrimonio Urdangarín que no ha entregado al tribunal esos libros de actas pese a que la ley les obliga a su “custodia y llevanza”.

Las leyes que Hacienda no ha aplicado

El informe pericial sostiene que Hacienda ha obviado el tradicional derecho tributario para salvar a la hija del Rey de la imputación y asegura que, en algunos casos, las normas aplicadas son radicalmente contrarias a las interpretaciones que la Agencia Tributaria aplica a los demás contribuyentes. Así, denuncia que la Ley del Impuesto de Sociedades en su artículo 16 menciona expresamente casos como este y la llamada NIC (Norma Internacional de Contabilidad) 20 en su artículo 3c contempla las llamadas “figuras de especial vinculación” para sociedades matrimoniales como Aizoon. En ellas, la responsabilidad de los movimientos siempre es compartida frente al criterio que aplica Hacienda en este caso.

Igualmente, para exonerar de responsabilidad a la Infanta, Hacienda hace una interpretación “peculiar” por la que obvia la existencia de la propia sociedad Aizoon y considera que es directamente Urdangarín el que factura a las entidades con las que contrató. Los peritos señalan que el esquema de facturación pasa por Aizoon y, por tanto, por una responsabilidad compartida: la Infanta es socia al 50% y, dado que su firma es necesaria para aprobar cuentas y movimientos en la Junta de Socios de Aizoon, “existe por tanto la plena participación de los socios o propietarios en esa actuación irregular contra legem”.

El informe denuncia finalmente que Hacienda no aplica a Aizoon la Ley de Sociedades profesionales y el propio Reglamento del Impuesto de Sociedades que debería regir en este caso y cuyo artículo 16.6.b fija que la facturación de esa sociedad debería imputarse al 85% de los rendimientos netos a los socios y el 15% restante a dividendos. Esas cuantías, según el informe, implicarían claramente un delito fiscal por parte del matrimonio Urdangarín.

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