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España

El PSOE pide justificar los indultos después de que Felipe González blindara la medida de gracia

Ha sido una de las principales conclusiones de la Conferencia Política celebrada por el PSOE el pasado fin de semana para relanzar su estrategia de cara a las próximas citas con las urnas. Del nuevo ideario de los socialistas sobresale, entre otras propuestas, una reforma de la figura del indulto, derecho de gracia cuya concesión ha generado especial polémica en casos como el del exnúmero dos del Banco Santander Alfredo Sáenz, al que le fue otorgada la medida por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, o el del kamikaze de la AP-7, ya con la firma del actual ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. Respecto a este último proceso, el Supremo acaba de anular el indulto al conductor, condenado a 13 años de prisión (sólo cumplió diez meses de cárcel) por matar a un joven de 25 años y cuya defensa corre a cargo del bufete de abogados en que trabaja un hijo del ministro.

El texto inicial de la ponencia marco socialista abogaba por “revisar la institución del indulto para convertirlo en un instrumento que solo se aplique de forma excepcional, asegurando el ejercicio de una prevista y lícita potestad discrecional y excluyendo indeseables e injustificadas expresiones de arbitrariedad”. Después del debate mantenido en el seno de la mesa Unión Europea y Reformas Políticas, que estuvo presidida por el coordinador de la conferencia y exministro de Presidencia, Ramón Jáuregui, los socialistas acordaron defender en las Cortes una “limitación en la concesión de indultos por parte del Gobierno e incluso eliminar esa facultad para delitos relacionados con la corrupción”.

No obstante, buena parte de tal reclamo se encuentra ya formulada en una proposición de ley registrada en el Congreso de los Diputados, donde los socialistas exigen modificar la Ley del ejercicio de la Gracia de Indulto, normativa cuya aprobación se remonta a 1870. Desde entonces, sólo el Gobierno de Felipe González ha introducido cambios sustanciales en la misma. Si bien la vetusta ley de 1870 no exigía que el Ejecutivo de turno argumentara las razones por las que otorgaba esta medida de gracia, el gabinete de González, lejos de acotar este punto, no hizo sino blindar en 1988 dicha concesión al sustituir sólo la fórmula de "decreto motivado" por "real decreto".

Los socialistas plantearán en el Congreso de los Diputados que el Ejecutivo elimine incluso la facultad para otorgar indultos ante "delitos relacionados con la corrupción"

La Constitución recoge esta medida en su artículo 62 letra i y la sitúa dentro del ámbito competencial exclusivo del Rey. Dice que corresponde a don Juan Carlos “ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales”. Su concesión, no obstante, se realiza a propuesta del Ministerio de Justicia, previa deliberación en el Consejo de Ministros. Según recogió entonces el Boletín Oficial del Estado (BOE), el propio Rey sancionó la ley 1/1988, de 14 de enero, que establece una serie de “reglas para el ejercicio de la Gracia del Indulto”. Así, se modificó el artículo 30 inicial, cuya literalidad era: “La concesión de los indultos, cualquiera que sea su clase, se hará en decreto motivado y acordado en Consejo de Ministros, que se insertará en la Gaceta”.

En la nueva redacción, el Gobierno de González acordó que la palabra “Gaceta” quedase sustituida por “Boletín Oficial del Estado” y las palabras “decreto motivado y acordado en Consejo de Ministros”, por “Real Decreto”. El Ejecutivo socialista, siendo ministro de Justicia Fernando Ledesma, quiso de este modo despejar dudas sobre la aplicación del derecho de gracia. Sin embargo, eludió profundizar en esta materia tan sensible y desaprovechó una oportunidad de oro para perfilar y mejorar una regulación ya obsoleta en aquel momento.

Los socialistas quieren ahora enmendar esta desidia del Gobierno de González (y de los Ejecutivos del PP, aunque el actual también trabaja en una revisión) a través de una proposición de ley que obligue al Ejecutivo a señalar “de manera expresa” los motivos por los que otorga la medida de gracia. Así, plantea que el controvertido artículo 30 asuma la siguiente redacción: “La concesión de los indultos, cualquiera que sea su clase, se hará en real decreto que se insertará en el Boletín Oficial del Estado, donde se recogerá, de forma sucinta las razones de justicia, equidad o utilidad pública que concurren en la concesión del indulto a juicio del Gobierno”.

Mayor control parlamentario

Asimismo, esta iniciativa, impulsada por el portavoz socialista de Justicia en el Congreso de los Diputados, Julio Villarrubia, también reclama al Ejecutivo que tales razones de justicia, equidad o utilidad pública sean tenidas en cuenta para decretar nulo un indulto. En el texto vigente sólo se contempla el hecho de que no se haga referencia a la pena principal. Por otro lado, los socialistas piden que el Gobierno remita cada seis meses a la Comisión de Justicia de la Cámara Baja una copia de los expedientes de indultos otorgados. Esta solicitud iría incorporada, según los socialistas, en el contenido de un nuevo artículo, que sería el 33 de la ley de 1870.

En la exposición de motivos de esta proposición, el PSOE subraya que la “discrecionalidad” en la concesión del indulto “no es, ni puede ser, sinónimo de arbitrariedad, por ello entendemos inaplazable la necesidad de reglar, en la medida de lo posible, los elementos de los que se sirve”. Y añade: “La oleada de indignación que recorre nuestro país, por la corrupción político-económica existente, unido a la sensación de impunidad de los delincuentes de cuello blanco hace necesario avanzar en modificaciones legales como la presente”.

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