Quantcast

España

Bankia acusa a Sánchez Barcoj de usar un documento falso para exculparse en las 'tarjetas black'

Ildefonso Sánchez Barcoj, número 2 de Caja Madrid y señalado como presunto cerebro de las 'tarjetas opacas'.

Más de cuarenta folios, cinco desmentidos y una grave acusación. El abogado de Bankia han entregado al titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, Fernando Andreu, un amplio escrito de respuesta a otro presentado recientemente por el que fuera número 2 de la entidad, Ildefonso Sánchez Barcoj, en el que, además de rechazar uno por uno los argumentos esgrimidos por este último para exculparse de la gestión de las polémicas 'visas opacas', también le acusa de utilizar un documento cuya existencia niegan. En concreto, el letrado del banco asegura que"no reconoce ninguna validez" a una circular de dos folios de extensión titulado 'circuito tarjetas Caja Madrid en 2003' con el que quien fuera mano derecha de Miguel Blesa y Rodrigo Rato intenta demostrar que su papel en el escándalo fue secundario.

En más de cuarenta folios, el escrito de Bankia enumera cinco "premisas falsas" esgrimidas por quien fuera mano derecha de Blesa y Rato para desligarse de la gestión de las 'visas opacas'

El escrito de Bankia, presentado el pasado viernes y al que ha tenido acceso Vozpópuli, enumera una tras otra cinco "premisas falsas" que, según la entidad financiera, su antiguo directivo ha incluido en el texto presentado el pasado 25 de marzo para solicitar nuevas diligencias con las que intentar demostrar su supuesta inocencia en la causa. Los abogados del banco, que aseguran que no pretenden "polemizar con ninguno de los consejeros y directivos que han prestado sus servicios para mi mandante o para alguna de las cajas preexistentes a BFA [la matriz de Bankia]", afirman que Sánchez Barcoj pretende con su escrito "poner en duda o bajo sospecha una serie de documentos aportados por Bankia a la causa, así como las afirmaciones del auditor interno en su declaración testifical" y que, para ello parte "de unas premisas palmariamente erróneas".

Es al analizar la primera de esas supuestas afirmaciones falsas, la referida a análisis que el exdirectivo de Caja Madrid y Bankia hace de las declaraciones como testigo del auditor Iñaki Azaola ante el juez Andreu, donde los abogados de la entidad lanzan la grave acusación contra el mismo. Según Sánchez Barcoj, dos documentos demostrarían como "una manifiesta falsedad" que él "gestionase en forma alguna dichas tarjetas, asignando beneficiario y límites económicos disponibles". Dichos documentos son un organigrama "con las 12 unidades de Alta Dirección en dependencia directa de la Presidencia Ejecutiva" y otro con "los circuitos de alta, baja y uso de las tarjetas" existente en 2003, justo la fecha en el que se inicia el periodo investigado por la Audiencia Nacional por el uso de las 'tarjetas black'. La existencia de este último documento es el que ahora pone en duda Bankia.

"Sin constancia de su existencia"

Para ello, el escrito de la entidad financiera destaca que "ni en el banco y, en particular, ni en su Dirección Corporativa de Auditoria Interna, ni en su Dirección Corporativa de Organización se tiene constancia alguna de la existencia" de dicho circuito de "alta, baja y uso de la tarjetas [...] supuestamente aplicable a las tarjetas de crédito objeto de investigación en la presente pieza separada". Y añade que "no se reconoce ninguna validez al documento [...] no sólo por la falta de constancia de su existencia o aprobación, sino ni siquiera en cuanto a su confección". En este sentido, reitera que Sánchez Barcoj era realmente quien llevaba la gestión de las 'black' a través de sus secretarias, a quienes cursaba instrucciones "para solicitar la emisión de este tipo de tarjetas, anulaciones, ampliaciones de límite, instrucciones sobre su entrega física, la posibilidad de disponer o no de efectivo etc."

"No se reconoce ninguna validez al documento [...] no sólo por la falta de constancia de su existencia o aprobación, sino ni siquiera en cuanto a su confección", asegura Bankia

Bankia dedica un apartado específico a detallar la supuesta falsedad de este documento aportado por su antiguo 'número 2'. En él reitera que "el documento no consta en la entidad y, por tanto, se desconoce el mismo". Además, asegura que "el contenido del mismo no se ajusta de ningún modo a la realidad de las tarjetas emitidas bajo el circuito general y ordinario establecidos en la Entidad". También resalta supuestas incongruencias en el contenido del mismo, como que se indique que "el director general adjunto de Auditoría presidía el Comité de Control, cuando el presidente de este comité era el presidente de la entidad, siendo el director general adjunto de Auditoria el vicepresidente".

No es el único error que supuestamente contiene el documento. Así, resalta que en el mismo "se detallan funciones genéricas de cada una de las agrupaciones identificadas en el mismo, tratando de circunscribirlas al ámbito de tarjetas de crédito". Algo que, asegura, no es cierto ya que dos de ellas, Auditoria y Contabilidad, no fueron "departamento de consultas en el ámbito de regularizaciones desde abril de 2001 en que se publica la circular 39/2001" que les adjudicó nuevas funciones. Dos años antes de la fecha a la que se refiere el documento al que ahora Bankia niega "validez".

Las otras cuatro "mentiras"

El abogado de Bankia dedica más de 30 folios de los 42 de los que cuenta su escrito en desmontar la primera "premisa palmariamente errónea". Los restantes los centra en echar por tierra las otras cuatro supuestas falsedades esgrimidas por Sánchez Barcoj para exculparse. Así, Bankia asegura que el exdirectivo miente cuando asegura que la Agencia Tributaria revisó la cuenta en la que se cargaban los gastos de las 'tarjetas black' al comprobar la tributación de la entidad de los ejercicios 2001, 2002 y 2003. Por contra, asegura que Hacienda no comprobó ni dicha cuenta ni, por tanto, "los apuntes" de la misma, por lo que nunca pudieron saber que en la misma se estaban contabilizando los abonos hechos con las 'visas opacas'.

Algo similar aseguran sobre la inspección tributaria de los ejercicios 2004 a 2005, y cuyas actas fueron incoadas por la AEAT en mayo de 2013, "un año después de que conste la supresión de las tarjetas". Según destaca Bankia, de la célebre cuenta donde se cargaban los gastos, Hacienda "se limitó a pedir justificación documental de determinados apuntes seleccionados por muestreo" a partir de los cuales "acabó considerando no deducibles en el IS [Impuesto de Sociedades] de la entidad dichos gastos cargados en la cuenta de resultados". Por lo tanto, considera que, al contrario de lo que dice Sánchez Barcoj, ni la Agencia Tributaria ni el Departamento Fiscal de Caja Madrid "hayan podido conocer qué tipo de gastos se registraban contablemente" en la misma.

Bankia también asegura que su exdirectivo hace una "inexacta utilización" del contenido del acta de la reunión celebrada el 4 de marzo de 2011 por la Comisión de Retribuciones de Caja Madrid en el que, supuestamente, se abordó el abono de un denominado "Incentivo a Largo Plazo a determinados directivos de Caja Madrid que estimaban tener derecho al mismo". La entidad financiera asegura que el escrito de Sánchez Barcoj muestra un "absoluto deconocimiento de los hechos, circunstancias y documentos en ella recogidas".

Por último, destaca también como "falsas" las referencias que hace a un informe de Hay Group "y otra documentación relacionada" que se referían, precisamente, al acta del 4 de marzo de 2011. "Pretende la representación procesal del señor Sánchez Barcoj generar la idea de que tales documentos tuvieron que ser conocidos y revisados en la reunión, cuando precisamente lo que evidencia tanto el Acta como la documentación mencionada es lo contrario". En este sentido destaca que tampoco consta que dicho informe de Hay Group fuese en ningún momento aprobado por los órganos de gobierno de Caja Madrid. Por todo ello, pide que se nieguen las diligencias solicitadas por el antiguo 'número 2' de Blesa y Rato.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.