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Economía

La resolución del Popular podrá recurrirse en España hasta septiembre

Antonio del Valle, primer ejecutivo de Bx+, y Ángel Ron, expresidente de Popular.

Los accionistas y tenedores de deuda subordinada del Banco Popular que perdieron sus inversiones tras la resolución de la entidad podrán recurrir la operación ante la jurisdicción nacional hasta el próximo 1 de septiembre, al ser agosto un mes inhábil a efectos administrativos.

Así lo establece la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que, de conformidad con su artículo 182, declara inhábiles los días del mes de agosto para todas las actuaciones judiciales de ámbito civil, incluidas las contencioso-administrativas que constituyen, hasta la fecha, la vía a la que han acudido más perjudicados desde que se anunciara la operación el pasado 7 de junio.

Según apuntan fuentes jurídicas, a fecha del pasado 31 de julio, la Audiencia Nacional continuaba recibiendo un goteo "incesante y diario" de recursos interpuestos por particulares y plataformas contra el fondo de rescate español, FROB, encargado de ejecutar la decisión adoptada por Europa a través de la Junta Única de Resolución (JUR) y que acabó con la venta del Popular al Banco Santander por el precio simbólico de un euro.

Si bien agosto carece de actividad a efectos judiciales, las medidas cautelarísimas, esto es, de extrema urgencia, solicitadas por un grupo de accionistas obligó a reunirse a la sala de vacaciones de la Audiencia Nacional, que desestimó suspender de forma inmediata la operación y dejó el estudio del recurso hasta septiembre.

Despachos de abogados como Navas & Cusí recuerdan a los afectados que disponen de un mes adicional para impugnar el papel del FROB, que "evaporó el patrimonio de miles de accionistas, bonistas y tenedores de deuda subordinada".

En este sentido, su socio-director, Juan Ignacio Navas, ha anunciado que el próximo viernes 1 de septiembre presentará su recurso, en el que pedirán la nulidad de una resolución "que hizo que un banco teóricamente solvente pasara de la noche a la mañana a valer un euro".

Por ello insta a los afectados a personarse en un procedimiento, amparado por la Ley de Recuperación y Resolución de Entidades de Crédito y Empresas de Servicios de Inversión, contra quienes "incumplieron" el mandato legal de incluir el documento justificante, en alusión al informe de Deloitte que sirvió de base para la operación.

Desde Cremades y Calvo Sotelo, como representantes de la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (Aemec) que también acudirá a lo contencioso-administrativo a la vuelta del verano, explican que este mes adicional para la presentación de recursos sólo es aplicable a la justicia española, no a la comunitaria.

Así pues, el plazo para reclamar ante los tribunales de la Unión Europea expiró ayer, cuando se cumplieron dos meses exactos desde que el FROB y el propio Banco Santander comunicaron la compra después de que el Banco Central Europeo (BCE) constatara la inviabilidad del Popular de manera independiente.

Durante la mañana, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), la primera en querellarse contra la cúpula directiva del Popular, ha anunciado su recurso de anulación contra la decisión de la JUR ante la primera instancia comunitaria, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE).

Precisamente en la jornada de ayer, casi 6.000 perjudicados recurrieron en Europa la operación, algunos de los cuales llegaron a solicitar, además de una compensación económica en concepto de perjuicio, que comparecieran durante la vista el ministro de Economía, Luis de Guindos; el gobernador del Banco de España, Luis María Linde; y los presidentes de la JUR y el FROB, Elke König y Jaime Ponce, entre otros.

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