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¿Más subidas en 2013? Telefónica podrá encarecer el alquiler de línea fija, congelado desde 2008

Telefónica podrá subir hasta un máximo del IPC de 2012 la cuota de abono mensual, que en la actualidad está establecida en 13,97 euros y que permanece congelada desde 2008, ya que la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones ha desregulado este mercado.

La CMT publica hoy su análisis del mercado minorista de acceso a la telefonía fija (mercado 1) que trata precisamente de la cuota mensual que Telefónica cobra a los abonados, conocida por "alquiler de línea", y ha decidido desregularla para los consumidores y mantener el control para el mercado empresarial.

En su resolución, tal como ya había propuesto en su día, establece que Telefónica no podrá subir la cuota por encima del IPC hasta el año 2016. Tal como es preceptivo con todas las tarifas de Telefónica, al ser la operadora dominante en el mercado, deberá comunicar a la CMT el porcentaje en el que va a incrementar la cuota de abono.

En consonancia con esta medida, la CMT ha publicado una resolución sobre la cuota de abono para el mercado empresarial en la que autoriza a Telefónica a subir esta cuota en un máximo del IPC de 2012.

El Supremo anula una sentencia por abuso de posición de dominio

Por otra parte, el Tribunal Supremo ha anulado la resolución dictada en 2007 por el extinto Tribunal de Defensa de la Competencia que obligaba a Telefónica Móviles a pagar una multa por 3,6 millones de euros que le había impuesto ocho años antes por abuso de posición de dominio.

En marzo de 1999, el Tribunal de Defensa de la Competencia condenó a Telefónica a pagar 760 millones de pesetas (4,5 millones de euros) por dificultar la entrada y asentamiento en el mercado de Airtel abusando de su posición de dominio. El Tribunal de Defensa de la Competencia declaró responsables de la infracción a Telefónica Servicios Móviles y a Telefónica de España, del grupo Telefónica, y condenó a la primera a una multa de 610 millones de pesetas y a la segunda de 150 millones de pesetas.

En su resolución, la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal estima el recurso de casación interpuesto por la operadora de telecomunicaciones contra la sentencia de la Audiencia Nacional, que ratificó la decisión de las autoridades de competencia.

El Supremo da la razón a Telefónica, quien pidió que se anulara la resolución de Competencia de 2007, por entender que había prescrito el plazo dado a la Administración para exigir el pago de la multa.

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