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Santander recibió en 2015 una multa por infracción "muy grave" en la ley de blanqueo de capitales

Ana Botín, presidenta de Banco Santander.

Junio de 2015. El día 12, el Consejo de Ministros decide imponer una sanción de un millón de euros contra Banco Santander por la comisión de una infracción considerada como "muy grave" por parte del Gobierno en relación con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. El banco presidido por Ana Botín, que desde el viernes se enfrenta a una investigación también relacionada con el blanqueo de dinero surgida a a raíz de la lista Falciani, fue además sancionado con una amonestación pública.

El expediente se había abierto apenas un año antes, a instancia del Comité Permanente de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, cuya intención era sancionar una falta muy grave cometida por Banesto. Los hechos demostraban que la entidad había incumplido su obligación de conservar los documentos en los que se detallaban una serie de operaciones financieras. "En particular, la entidad no disponía de los documentos con fuerza probatoria de disposiciones en efectivo, cobros e ingresos de cheques y órdenes de transferencias, de una determinada cuenta corriente", según señala el expediente.

La difusión de la sanción "ocasionaría a la sociedad sancionada una serie de perjuicios de carácter irreparable

Banesto, que ya había recibido una sanción similar en 2008, se abocaba a una nueva multa muy grave por sus reiterados incumplimientos en la lucha contra el blanqueo. Pero como la entidad había sido integrada por entero en Banco Santander, el organismo sancionador decidió incoar el expediente al banco absorbente, algo a lo que se sumó el Consejo de Ministros, quien finalmente llevó a cabo la resolución del expediente, si bien no tuvo su reflejo en la referencia que publica Moncloa todos los viernes.

Movimientos para ocultarlo

Dicha amonestación no hubiera visto nunca la luz si el Tribunal Supremo hubiera aceptado la petición de Banco Santander, que reclamó de forma casi inmediata, por vía judicial, una medida cautelar para evitar su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El banco alegaba que la difusión de la sanción "ocasionaría a la sociedad sancionada una serie de perjuicios de carácter irreparable, en la medida que sufre el prestigio y la imagen comercial de la entidad sancionada frente a los mercados financieros y sus clientes", tal y como se refleja en una información del diario digital Sabemos.

Pero el Tribunal Supremo no aceptó los argumentos del mayor banco español, y el 2 de otcubre resolvió en contra de su recurso. En su exposición razonada, el Alto Tribunal replicaba a Santander que aceptar su medida cautelar "supondría un cambio de criterio de nuestra jurisprudencia, que consideramos no justificado". Además, afeaba a la entidad la voluntad de ocultar una actuación sancionadora por parte de las autoridades supervisoras. Es decir, que una vez que era firme la sanción, no había motivos para postergar su publicación más allá de cumplir el trámite del recurso. Así, el pasado 28 de octubre el BOE recogía la resolución del Consejo de Ministros contra Banco Santander por una infracción muy grave relacionada con el blanqueo de capitales.

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