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Economía

Los economistas señalan en un estudio que menos del 1% de las fundaciones depositan sus cuentas en el Registro Mercantil

Economistas expertos en contabilidad e información financiera (ECIF) con la colaboración del Consejo General de Colegios de Economistas han dado a conocer esta semana el estudio "Reflexiones y propuestas sobre la información financiera de las fundaciones en España" (descargar aquí), en el que sus autores destacan que de las 9.000 fundaciones activas (sobre un total de 12.921 registradas, el 25% no funcionan en la práctica) apenas 400 -el 0,8%- han depositado sus cuentas en el Registro Mercantil. No existe ninguna obligación legal de hacerlo y hay que abonar 150 euros.

Tampoco existe el mandato imperativo de someterse a una auditoría externa. En concreto, la Ley 50/2002 de Fundaciones en su artículo 5 establece que se deben cumplir al menos dos de las circunstancias señaladas: Que el total del activo supere los 2.400.000 euros - según un informe de la Asociación Española de Fundaciones (AFE), recogido por este estudio, la mayor parte de las fundaciones son micro o pequeñas y no superan los 500.000 euros de activo- o que el número medio de trabajadores sea mayor a 50. 

España es el segundo país de la UE en número de fundaciones y para un funcionamiento más apropiado de las mismas los autores desglosan una serie de recomendaciones como el "establecimiento de sistemas que garanticen la publicidad y transparencia" de las cuentas. En concreto, se menciona  el acceso a los datos depositados en los protectorados (registros específicos) o la obligación de depositar la contabilidad en los Registros Mercantiles; así como que las comunidades autónomas adopten en sus normas sobre contabilidad de las fundaciones los principios del Plan General. El director general de la Asociación Española de Fundaciones , Silverio Agea, ha declarado a Vozpópuli que las fundaciones sí están "obligadas por Ley a presentar sus cuentas ante el Protectorado y a depositarlas así como a legalizar sus libros en el Registro de Fundaciones y no en el Registro Mercantil" y concluye que una vez depositada esa información debe de ser pública. Al respecto, el presidente del Consejo General de Colegios de Economistas, Valentín Pich propone que se busquen los "mecanismos técnicos" para que resulte más sencillo consultar estos datos y no represente un gran gasto. En su opinión,"cuanta más transparencia y claridad en sus cuentas" mejor será. Agea propone desde AFE protectorados y registros únicos y de ámbito estatal, así como un Código de Buen Gobierno que recoja estos aspectos.

Instrumento recurrente en la administración pública

Otra de las observaciones que realizan los autores del Estudio se refiere al uso frecuente que las administraciones pública han realizado de las fundaciones durante los últimos años. En concreto, deducen que lo han sido  para "muchas y muy distintas finalidades para las que no deberían usarse instrumentos del derecho público", y mencionan una "voluntad" de superar el marco jurídico, y la evolución frecuente hacia el modelo de fundaciones instrumentales u operativas (hospitales, centros de formación, etc.)  Pich admite que las administraciones públicas han acudido a este mecanismo "con profusión", pero dice que no especifican si se ha incrementado el número de fundaciones recientemente. Algo que cuestiona  el presidente del Consejo General de Colegios, para quien  las fundaciones deberían de contemplarse sólo para "situaciones extraordinarias y muy concretas". De igual modo, piensa que los particulares tendrían que establecer fundaciones cuando hubiera un capital inicial "importante" que lo justificara. Por todo ello, sostiene que si se crean con el único objeto de "captar" recursos que no se tienen y luego no están activas se estaría actuando de forma errónea.   

El Estudio sí menciona la existencia de un incremento relevante en el número de fundaciones, al menos, hasta el 2008 cuando la crisis económica "parece haber frenado, aunque discretamente, dicho auge". Según datos recogidos por los autores, en el sector público estatal y autonómico en 2009 había 468 fundaciones (de un total de 2.485 entes administrativos). En el año siguiente, según el Inventario de Entes del Sector Público y Sector Público Autonómico (INVESPE) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, había 568 fundaciones sobre un total de 2.388 entidades públicas. Agea, en cambio, destaca que "estamos asistiendo a la extinción de un importante número de fundaciones públicas estatales, autonómicas y locales así como a procesos de fusión" y recuerda que esta clase de fundaciones están sujetas a "un marco jurídico propio de las entidades pertenecientes al sector público" además de las obligaciones derivadas de su propia condición.  

Diversidad legislativa

Otro de los argumentos recurrentes del es la diversidad legislativa, que viene determinada porque las comunidades tienen competencia para legislar sobre la contabilidad y la forma en que deben de rendir cuentas las fundaciones. Andalucía, Aragón, Asturias, Islas Baleares, Islas Canarias, Castilla y León; Cataluña, Galicia, La Rioja, Madrid, Navarra, País Vasco y Valencia tienen sus propias normas y plazos. A nivel estatal, aparte de la Ley 50/2002 de Fundaciones el anterior gobierno socialista intentó poner orden en tanta maraña contable  con el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, en vigor desde enero; y en el que se intenta unificar criterios entre el Estado y las autonomías (excepto Cataluña). El informe concluye al respecto, que "algunas fundaciones tienen que rendir cuentas de dos y hasta de tres maneras distintas" y lanza la idea de que las comunidades autónomas legislen con principios y normas contables que emanen del Plan General de Contabilidad.  

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