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Educación

Educación cree que los periodistas no pueden dar clase de Lengua ni de Literatura

Facultad de Ciencias de la Información de la UCM

Después de siete años dando clases de español a estudiantes de Secundaria y universitarios fuera de España, la periodista Alicia Moreno decidió volver a Madrid para cursar el Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria (antiguo CAP), una de las salidas profesionales que históricamente han dado cobijo a numerosos licenciados en Ciencias de la Información que no encontraban trabajo en los medios de comunicación y se vieron obligados a buscar otras alternativas. De hecho, la de prepararse para la docencia ha sido, hasta ahora, una de las alternativas más accesibles para periodistas, publicistas o licenciados en comunicación que no pueden ejercer su profesión por una alta tasa de desempleo, intrusismo y bajas retribuciones.

Periodismo pertenece a Ciencias Sociales y como las Lenguas están relacionadas con Humanidades, ahora no podemos dar clase aunque tengamos experiencia, cursos y másteres que nos han habilitado para ello"

Comenzó su Master, previo pago, en una universidad privada. Su idea era especializarse en Lengua para impartir clases a alumnos de la ESO en centros privados y concertados, pero nadie le avisó de que el Ministerio de Educación estaba empezando a aplicar -"tardíamente"- el Real Decreto 860/2010, siempre según su versión, que "veta" a los periodistas y demás licenciados en alguna carrera de Ciencias Sociales a la hora de impartir asignaturas relacionadas con la rama de Humanidades. "Periodismo pertenece a Ciencias Sociales y como Lengua Castellana, Literatura y Lengua Extranjera están relacionadas con las carreras de Humanidades, como ocurre con las Filologías, ahora no podemos dar clase aunque tengamos años de experiencia, cursos y másteres que nos han habilitado para ello", explica Moreno a 'Vozpópuli'.

Inspección educativa

"Nunca ha habido tantos filólogos como para cubrir todos los puestos de profesores que se necesitan, nunca ha habido incompatibilidad, de hecho, hay periodistas que llevan muchísimos años dando clase, pero lo peor es que nunca me explicaron que haciendo la especialidad que quería, no iba a poder ejercer", considera. Con todo tipo de incertidumbre con respecto a su futuro laboral, Moreno defendió su Trabajo de Fin de Máster (TFM) y se dio de alta en la Federación Española de Religiosos de Enseñanza (FERE) por si había suerte y surgía alguna vacante. "Me llamaron de un colegio concertado para impartir Lengua y Literatura, les había gustado mi currículum. Pero le conté a la directora mi caso para que lo consultase con la Inspección Educativa, así que, tras un par de semanas dando clase en el centro, tuve que abandonar las aulas", explica.

Hay periodistas que llevan años siendo profesores de Lengua, porque tras licenciarse se formaron para dar clase y ahora se encuentran con que les quieren echar"

Sin embargo, el de Alicia no es un caso aislado. Ella no puede acceder al sistema educativo para dar clases de Lengua Catellana, Literatura o Lengua Extranjera, a no ser que haga una carrera de Humanidades, pero existen decenas de periodistas que están siendo "vetados", o así lo consideran, para dedicarse a la Enseñanza en asignaturas donde llevan años dando clases. "Hay personas que llevan años siendo profesores de Lengua, porque además de licenciarse en Periodismo, luego se formaron para dar clase y ahora se encuentran con que les quieren echar. Otras están cursando másteres por los que han pagado cuando luego no van a poder ejercer y otras barajan cursarlos ante la precariedad laboral de su profesión, pero no saben lo que está sucediendo", denuncia. Por ello, han formado la Plataforma de Periodistas Afectados por el Cambio de Normativa en Educación.

Profesores de Lenguas

Desde ella, y apoyados por la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), han dirigido al Ministerio de Educación, la CRUE, la ANECA y el Defensor del Pueblo un escrito en el que solicitan que se vuelva a habilitar a los licenciados o graduados en Ciencias de la Información, Periodismo, Publicidad y Relaciones Públicas o Comunicación Audiovisual para ejercer como profesores de Lenguas. Pero sus reivindicaciones chocan con la normativa básica vigente relativa a las condiciones para el ejercicio de la docencia en los centros privados y concertados -el Real Decreto 860/2010, de 2 de julio-, por la que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria o de Bachillerato.

Las reivindicaciones de los periodistas chocan con la normativa básica vigente relativa a las condiciones para el ejercicio de la docencia en los centros privados y concertados

"En ese Real Decreto se incluye una disposición derogatoria única, que deja sin efecto cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al mismo y, en particular, la Orden de 24 de julio de 1995, por la que se regulan las titulaciones mínimas que deben poseer los Profesores de los centros privados de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y la Orden ECI/759/2008, de 19 de febrero, por la que se complementa la de 24 de julio de 1995, por la que se regulan las titulaciones mínimas que deben poseer los Profesores de los centros privados de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato", explican desde el Ministerio de Educación.

Declaración de Bolonia

En esta norma, prosiguen fuentes ministeriales, la sustitución de la relación de titulaciones idóneas para el ejercicio de la docencia de cada materia por la mención a la rama de conocimiento que las engloba es consecuencia de la ordenación de las enseñanzas universitarias iniciada en 1999 con la Declaración de Bolonia, tras la incorporación de nuestro país al proceso de construcción del Espacio Europeo de Educación Superior, que confirió a las universidades las posibilidad de crear y proponer, en el marco de la normativa establecida, las enseñanzas y títulos que hayan de impartir y expedir, sin necesidad de someterse a un catálogo único.

Se recibieron numerosas sugerencias y observaciones que fueron estudiadas y evaluadas por el equipo responsable de la revisión y redacción definitiva del citado real decreto"

Y añaden que, en todo caso, su disposición adicional primera garantiza que el profesorado que, a la entrada en vigor de la nueva normativa, reuniera los requisitos exigidos en su momento, podía seguir impartiendo las materias (o sus equivalentes en el nuevo sistema educativo) en el mismo centro o en otros centros privados. "Este Real Decreto fue parcialmente modificado por el Real Decreto 665/2015. Con objeto de garantizar a los ciudadanos la posibilidad de ejercer su derecho a la participación en el procedimiento de su elaboración y conforme a lo que dispone el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el proyecto de este real decreto se sometió a trámite de información pública. Como resultado de ese procedimiento, se recibieron numerosas sugerencias y observaciones que fueron estudiadas y evaluadas por el equipo responsable de la revisión y redacción definitiva del citado real decreto", señalan.

Rama de Humanidades

Sin embargo, Educación aclara que el nuevo real decreto mantiene prácticamente intacto lo recogido en la normativa anterior (2010) y en todo caso, no modifica lo que ya se establecía con respecto a las condiciones de formación inicial para impartir en centros privados las materias de Lengua Castellana y Literatura y Literatura Universal: "Cualquier título de Licenciado del área de Humanidades o cualquier título oficial de Graduado o Graduada de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente". Y, en cuanto a Lenguas Extranjeras: "Cualquier titulación de Licenciado del área de Humanidades o Graduado o Graduada de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo, y el dominio de la lengua correspondiente. Licenciado en Filología, Filosofía y Letras (sección Filología), Traducción e Interpretación, en la lengua correspondiente".

Corresponde a las administraciones educativas establecer los procedimientos de aplicación de la normativa básica citada, dentro de su ámbito territorial"

"En todo caso, corresponde a las Administraciones educativas, en el ejercicio de sus competencias, establecer los procedimientos de aplicación de la normativa básica citada, dentro de su ámbito territorial. El profesorado de los centros privados podrá impartir las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o de Bachillerato si reúne los siguientes requisitos de formación: tener un título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o un título oficial de Educación superior de Graduado, o equivalente académico; acreditar una cualificación específica adecuada para impartir las materias respectivas y tener la formación pedagógica y didáctica a la que hace referencia el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación", determinan. Además, se precisa la acreditación de alguna de las condiciones de formación inicial exigidas para impartir la correspondiente materia que se encuentran recogidas en el anexo de este Real Decreto. 

"Fraude" de los Másteres

Si embargo, de acuerdo a la Plataforma de Periodistas Afectados por el Cambio de Normativa en Educación, la normativa en vigor está siendo aplicada solo por algunas Comunidades Autónomas, además de afirmar que el Gobierno permitió -por la directiva 2005/36/CE- a una licenciada en periodismo ejercer la docencia en Lengua y Literatura en la Unión Europea: "Su caso sienta un precedente y, por lo tanto, la directiva es aplicable a otros periodistas". "El objetivo de estas asignaturas no es otro que la formación del alumnado en competencias comunicativas, tal y como recogen las diferentes normativas al respecto", reivindican desde la Plataforma. En este sentido, continúan, el dictamen del Consejo Escolar de Estado 2/2015 señala lo siguiente: "Teniendo en cuenta el currículo de estas materias y las asignaturas que conforman el plan de estudios de Periodismo, se considera la formación inicial de estos licenciados para impartir Lengua y Literatura Castellana y Literatura Universal".

La normativa en vigor estaría siendo aplicada solo por algunas Comunidades Autónomas según denuncian desde la Plataforma de Periodistas Afectados por el Cambio de Normativa en Educación

Y piden que se reconozca el tiempo de servicio a todos los licenciados o graduados en Ciencias de la Información, Periodismo, Publicidad y Relaciones Públicas o Comunicación Audiovisual que, desde julio de 2010, han impartido Lengua y Literatura y Lenguas Extranjeras en centros concertados y privados, ya que, "en su día, sí contaron con el visto bueno de los inspectores de referencia".

Los periodistas afectados quieren que se admita a los licenciados o graduados en Ciencias de la Información, Periodismo, Publicidad y Relaciones Públicas o Comunicación Audiovisual en las diferentes bolsas extraordinarias de Lengua y Literatura y Lenguas Extranjeras en aquellas comunidades donde aún están vetados, ya que este agravio comparativo es injusto. "Que se reconozca el MAES en Lengua y Literatura y Lenguas Extranjeras como titulaciones que habiliten para poder impartir estas materias, tal y como se anuncia en las universidades que ofertan dicho máster". De lo contrario, estos programas serían un fraude para quienes se matriculan sin saber que no van a poder ejercer.

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