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Sociedad

Multan con 1.080 euros a una mujer que simuló el robo de su teléfono móvil en Valencia

La Audiencia de Valencia ha condenado a una mujer por un delito de simulación de delito a pagar una multa de 1.080 euros por presentar una denuncia falsa en la que aseguraba que le habían robado su teléfono móvil. El 4 de junio de 2010, la mujer de 22 años y natural de Colombia, denunció a la Policía que, en Valencia y de madrugada, un hombre "de un país del Este" le abordó en plena calle y, después de amedrentarla, le robó su teléfono móvil, valorado en 150 euros.

La denuncia del robo originó una investigación policial y judicial, con diligencias previas del Juzgado de Instrucción número 10 de Valencia, aunque la mujer se retractó de la denuncia presentada. El juez condenó a la mujer por un delito de simulación de delito -robo con intimidación- y su letrado recurrió el fallo, según una sentencia difundida este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La defensa alegó que su representante se retractó "con anterioridad a cualquier actuación judicial o procesal" -cuya existencia fundamenta la imputación del delito de simulación de delito, frente a penas menores-, y que éstas suponen "meras formalidades" cuando se presenta una denuncia. No obstante, la Sección Tercera ratifica el fallo de instancia y condena a la mujer por un delito de simulación de delito al sostener que, a pesar de que la mujer se desdijo, "se produjo actividad procesal".

"Se trata de actuaciones de la autoridad judicial en el ejercicio de sus funciones en relación con un delito de robo con fuerza que determinó la apertura del oportuno procedimiento judicial y su sobreseimiento provisional por no aparecer autor conocido, por lo que sí ha existido la actuación procesal que niega la recurrente", concluye.

Explica, además, que la simulación de delito se produce "cuando se llevan a cabo determinados actos que se sabe, y a ello están destinados, van a provocar la intervención policial y, posteriormente la judicial, iniciándose las correspondientes diligencias procesales".

También que la denuncia de un delito inexistente en la que no se facilitan datos sobre la persona a la que se pueden atribuir los hechos "provoca necesariamente incoación de diligencias previas" mientras que "si la imputación se hubiera dirigido contra una persona determinada la infracción criminal sería otra".

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