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España

Un juez del Supremo demanda al director de una web que le llamó "burro con toga"

El magistrado del Tribunal Supremo Antonio Salas.

Llamar "burro con toga", "imbécil" e "ignorante ilustrado" al magistrado de la Sala Civil del Tribunal Supremo Antonio Salas les puede salir caro al director de la web Nueva Revolución, Javier F. Ferrero, y al autor del ofensivo artículo, Rafael Silva.

El "pretendido derecho al insulto" no está contemplado en la Constitución española y, con este argumento, el magistrado del Alto Tribunal ha presentado una demanda contra quienes, a raíz de unos comentarios que Salas escribió en la red social Twitter, aprovecharon la ocasión para "lesionar su derecho al honor".

Los hechos se remontan al pasado 1 de enero cuando a raíz de la noticia de la muerte violenta de una mujer a manos de un varón, que había sido su pareja, el magistrado Antonio Salas escribió una serie de tuits donde manifestaba que en ocasiones esos asesinatos de violencia de género también se debían a "la maldad del ser humano y el aprovechamiento por el varón de la mayor fuerza física" que suele tener respecto de la mujer.

Estas palabras acarrearon al togado un aluvión de críticas mientras él siempre defendió que se trataba de una "simple opinión totalmente respetuosa con las víctimas y muy crítica con los maltratadores".

Con motivos de estos tuits, Rafael Silva escribió un artículo en la página web Nueva Revolución titulado "Respuesta al magistrado Salas". En dicho escrito sostuvo lo siguiente: "Este señor, simplemente, es un ignorante ilustrado, o si se quiere, un burro con toga. Desgraciadamente, no es el único, existen muchos imbéciles con carrera, que se ponen a opinar de cualquier tema, sin tener ni repajolera idea, aplicando según ellos la lógica y el sentido común, demostrando su supina ignorancia, quedando en el más absoluto de los ridículos".

A raíz de estas palabras, el juez del Supremo presentó una demanda por vulneración del derecho al honor que ha sido admitida a trámite por el Juzgado de Primera Instancia Número 12 de Murcia, según informan fuentes jurídicas.

Una indemnización de 20.000 euros

En la demanda, que obra en poder de Vozpópuli, Salas sostuvo que "difícilmente se puede concentran en tan pocas palabras una vulneración mayor del derecho al honor que garantiza el artículo 18 de la Constitución española, y un afán de menospreciar de forma tan grave a una persona a la que ni siquiera se conoce por el grave atrevimiento de haber expresado su opinión. Esto, dicho de palabra, es gravísimo, pero entendemos que lo es aún más cuando se escribe, y lógicamente, se lee y se vuelve a leer por su autor, antes de su publicación".

El magistrado señala que, ante dichos ataques a su honor, "la única reacción adecuada y lógica es la de acudir a los tribunales en petición de que se declare la gravísima intromisión ilegítima sufrida en el honor y la dignidad personal del afectado" y hace referencia a la abundante jurisprudencia del Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo sobre esta cuestión legal. 

"La única reacción adecuada y lógica es la de acudir a los tribunales en petición de que se declare la gravísima intromisión ilegítima sufrida en el honor", explica el magistrado Salas

Por estos hechos, en la demanda, Antonio Salas solicita que se condene al director de la web al pago de una indemnización de 3.000 euros y al autor del artículo a indemnizarle con 20.000 euros "por el importante daño moral producido por los graves insultos en su blog y en otros medios".  Asimismo, el togado solicita que se condene a Rafael Silva a una multa de 30 euros diarios una vez que se le haya dado traslado de la presente demanda y se mantenga el párrafo al que se ha hecho referencia anteriormente con las expresiones insultantes.

El juez también pide al Juzgado de Primera Instancia Número 12 de Murcia que condene a los demandados "a cesar inmediatamente en tal intromisión, realizando lo necesario para eliminar el párrafo en cuestión de cualquier medio al que lo hayan podido remitir" así como a publicar la sentencia condenatoria que, en su caso, se dicte en el presente proceso.

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