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España no es Portugal: el colapso del TC retrasará las resoluciones pendientes sobre los recortes

El pasado 5 de abril, España miró de reojo a su país vecino. Era un día para detenerse y analizar. El Tribunal Constitucional portugués dinamitó medio paquete de las medidas de ajuste con el que Pedro Passos Coelho pretendía cumplir con las exigencias impuestas por Bruselas a cambio del rescate. La sentencia declaraba ilegales cuatro de las nueve reformas contempladas en el presupuesto de 2013, las cuales quedaban anuladas. Pero con ellas se esfumaban también 1.300 millones de euros, un ahorro con el que, al igual que España, Portugal esperaba cumplir el objetivo de déficit. Un lío éste que enmaraña aún más la maltrecha economía portuguesa y que el Gobierno deberá intentar deshacer con nuevos recortes. España se preguntó ese día si las medidas impuestas por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, cuya legalidad también ha sido puesta en duda, podrían de la misma manera ser declaradas nulas y, en tal caso, cuándo podría pronunciarse el Tribunal Constitucional. Pero, ¿es Portugal un espejo en el que pueda mirarse España? ¿Qué diferencias hay entre el caso luso y el español?

Expertos en la materia consultados por este diario no se atreven a adelantar un fallo ni a vaticinar cuánto tiempo habrá que esperar para que se conozcan las resoluciones de los cinco recursos relacionados con recortes que el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite y tiene actualmente encima de la mesa. En lo que sí coinciden es en asegurar que no se espera un pronunciamiento a corto plazo, a diferencia de lo ocurrido en Portugal, donde el Alto Tribunal falló en tres meses escasos.

El gran problema del Tribunal Constitucional, y por lo que no se esperan sentencias con tanta premura como en Portugal, es su colapso y su "demora inaudita" 

Juan Manuel Herreros, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA), señala el gran problema del Tribunal Constitucional para actuar con celeridad: su colapso. “Las sentencias se están dictando con una demora inaudita”, explica a Vozpópuli. Sin querer aventurar una fecha, no descarta que haya que esperar dos o incluso tres años. Sin embargo, -apunta- “aunque no se vislumbra que vaya a resolver en los próximos meses, el TC podría agilizar el proceso dada la importancia que tienen los recursos al afectar a los presupuestos públicos y tener alguna resolución en 2013”. Aunque según apunta, los primeros que se esperan son los recursos que fueron presentados en primer lugar, ya que prevalece el orden de entrada.

Y es que hablar del Tribunal Constitucional es hablar de una dimensión temporal diferente atendiendo a ejemplos como el del Estatut de Cataluña. Los magistrados necesitaron casi cuatro años para emitir un fallo y, aunque el PP presentó su recurso de inconstitucionalidad contra el Estatut el 31 de julio de 2006, el TC no comenzó a deliberar hasta principios de 2008. Pero la dilación con la que opera el tribunal alcanza en ocasiones cotas un tanto inverosímiles. En el caso del matrimonio homosexual, la sentencia que declaraba las uniones de personas del mismo sexo compatibles con la Constitución llegó siete años después de que el PP interpusiera su recurso en 2005.

La singularidad del caso español revela otra gran diferencia respecto a Portugal. Como apunta el profesor Herreros, mientras la motivación y la argumentación es muy semejante en ambos casos, en lo que se distinguen es en la fórmula con la que se han presentado los recursos ante el máximo órgano encargado de garantizar el cumplimiento de la Constitución. Cuando el presidente de la República lusa, Aníbal Cavaco Silva, con el apoyo de los partidos de la oposición y del Defensor del Pueblo, puso en manos del Constitucional el determinar la legalidad de las medidas de austeridad del Gobierno, lo hizo presentando un recurso general contra los presupuestos del 2013, aprobados el año anterior. Por el contrario, en España no se ha recurrido un plan concreto, sino que se han presentado recursos puntuales por iniciativa de grupos políticos, entidades o sindicatos.

Mientras la motivación y la argumentación es muy semejante en ambos casos, en lo que se distinguen es en la fórmula con la que se han presentado los recursos ante el tribunal 

En este aspecto es en el que incide Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia, que, pese a considerar que existen posibilidades de que el TC declare inconstitucionales algunas de las medidas recurridas formalmente, cree que sería más fructífero agotar la vía jurisdiccional. “Sería más probable obtener una respuesta del Constitucional a través de recursos de amparo”, puntualiza. Además considera que varias de las medidas recurridas pueden incurrir en inconstitucionalidad porque “hay derechos fundamentales que son afectados de manera clara”. A su juicio, hay un amplio margen de interpretación de la Constitución para revocar muchos de los recortes. 

Los millones del plan de ahorro de Rajoy, en manos del TC

Las medidas del Gobierno de Rajoy que han sido recurridas por posible inconstitucionalidad suponen un montante aproximado de 16.000 millones de euros de ahorro para el Estado. Pero teniendo en cuenta los 1.200 millones recaudados en la amnistía fiscal que se perderían en caso de ser declarada ilegal la regulación de Montoro, la cantidad en riesgo se eleva a 17.200. Si el Constitucional validara alguno de dichos recursos, el Ejecutivo del PP debería dar marcha atrás para cumplir con la legalidad, tal y como ha ocurrido en Portugal, donde Passos Coelho ya ha anunciado nuevos recortes en áreas como la salud, seguridad social y empresas públicas. 

Los recortes en Educación y en Sanidad -recurridos por Cataluña, País Vasco y Canarias en el primer caso, y por doce autonomías en el segundo- son los que se traducen en un mayor importe: 3.000 millones de euros en materia educativa y otros 7.000 en el área sanitaria, de los que 500 corresponden al copago farmacéutico.  La supresión de la paga extra de 2012 a los funcionarios equivale a 4.000 millones. Lo que para el ministro de Hacienda no fue una eliminación de la paga, sino un “desplazamiento en el tiempo”, fue entendido como una violación al principio de no aplicación con efectos retroactivos y su constitucionalidad fue puesta en duda por la Audiencia Nacional tras el recurso interpuesto por los sindicatos. El TC aún no lo ha admitido a trámite, pero sí dictó suspensión cautelar en el País Vasco en respuesta al recurso del Gobierno regional.  Por último, la no revalorización de las pensiones, con lo que el Estado se ha ahorrado alrededor de 2.000 millones también está siendo analizada en el Constitucional a petición de PSOE, CiU, PNV, Izquierda Plural y UPyD.

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