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España

El Constitucional avala la quita a los preferentistas recurrida por el PSOE

Manifestación Manifestación de afectados por preferentes en Galicia.

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso presentado por el PSOE al real decreto-ley de protección de los titulares minoristas de participaciones preferentes de entidades financieras, que incluye una quita mediante el canje de estos productos por acciones. En un comunicado emitido este lunes, el Tribunal Constitucional señala que el Partido Socialista recurrió el decreto ley por considerar que la norma no cumplía los requisitos de "extraordinaria y urgente necesidad" que permite al Ejecutivo legislar por este medio.

Sin embargo, el pleno del Tribunal Constitucional considera los decretos ley no deben limitarse a situaciones de "peligro grave para el sistema constitucional o para el orden público", sino también en momentos concretos que "requieren una acción normativa inmediata". Según el Tribunal, los órganos políticos han ofrecido una "explicación razonadamente fundada de los argumentos" que avalan el real decreto-ley.

La situación de urgencia que la norma pretende resolver, señala el Tribunal, afecta a las consecuencias negativas derivadas de la incorrecta comercialización de participaciones preferentes, cuyos afectados han soportado "especiales dificultades económicas" para recuperar su inversión.

En Bankia, la quita media fue del 38% para las preferentes

Y además, siempre según el Constitucional, el citado real decreto introduce mejoras regulatorias para la protección de los afectados, motivo por el cual el Constitucional rechaza el recurso que en junio de 2013 interpuso el PSOE, con la firma de más de 50 diputados.

La sentencia, cuyo ponente ha sido Pedro González-Trevijano, ha contado con los votos particulares de los magistrados Luis Ortega y Fernando Valdés Dal-Ré, ambos partidarios de admitir el recurso del PSOE. A los tenedores de participaciones de estos productos "híbridos" -preferentes y deuda subordinada- se les ofreció la posibilidad de someterse al arbitraje, aunque antes de eso los clientes de las tres entidades financieras afectadas -Bankia, Novagalicia y Catalunya Banc- sufrieron una quita mediante su canje por acciones.

Las quitas variaban en cada entidad financiera y, por ejemplo para Bankia, la quita media fue del 38% para las preferentes, del 36% para la deuda subordinada perpetua y del 13% para la subordinada con vencimiento. En Novagalicia, los clientes sufrieron una quita del 43% en las preferentes, del 41% en la deuda subordinada perpetua y del 22% en la subordinada con vencimiento. Y en el caso de Catalunya Banc el recorte para los tenedores de preferentes fue del 61%, mientras que en deuda subordinada perpetua fue del 40% y en deuda con vencimiento fue del 15%. 

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