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España

El TS corrige a la Audiencia y condena al rapero César Strawberry por sus polémicos tuit

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha condenado a un año de prisión al rapero César Augusto Montaña Lehmann, conocido por el nombre artístico de César Strawberry, como autor de un delito de enaltecimiento del terrorismo o humillación de las víctimas, por varios comentarios que publicó en la red social Twitter entre noviembre de 2013 y enero de 2014 en los que mencionaba, entre otras personas, al funcionario de prisiones secuestrado por ETA José Antonio Ortega Lara, así como a los GRAPO. El Alto Tribunal revoca así el fallo de la Audiencia Nacional que decidió absolverlo en contra del criterio de la Fiscalía.

La Sala, en sentencia de la que ha sido ponente su presidente Manuel Marchena, estima un recurso del Ministerio Público y anula la absolución de Montaña Lehmann dictada en julio de 2016 por la Audiencia Nacional. El Alto Tribunal considera sus tuits fueron mensajes de humillación y burla que "alimentan el discurso del odio, legitiman el terrorismo como fórmula de solución de los conflictos sociales y, lo que es más importante, obligan a la víctima al recuerdo de la lacerante vivencia de la amenaza, el secuestro o el asesinato de un familiar cercano", sin que la provocación, la ironía o el sarcasmo (el 'nihilismo surrealista' en palabras del acusado) que animan sus comentarios hagan viable una causa supralegal de exclusión de la culpabilidad.

El tribunal subraya que no puede identificarse con una interpretación del artículo 578 del Código Penal (enaltecimiento del terrorismo o humillación de sus víctimas) que para su aplicación exija la valoración de un dictamen pericial sobre la etiqueta que el autor reivindica para su propia obra artística, "entre otras razones, porque esos complementos explicativos no se incluyen en el mensaje de burla. Éste llega a la víctima en su integridad, sin matices aclaratorios de la verdadera intención del autor que los suscribe. La memoria de su propia tragedia no adquiere otra tonalidad cuando el dictamen pericial concluye que ha sido expresado con sátira o que es fruto de la crítica ácida".

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