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España

Hacienda cifra en 220.000 € el dinero que el PP defraudó con sobresueldos y donaciones

Sede del Partido Popular en la calle Génova (Madrid).

No hubo delito fiscal pero sí fraude. El último informe que la Agencia Tributaria ha remitido al titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, Pablo Ruz, ha sido recibido en el PP con alivio ya que en sus conclusiones exoneraba a sus dirigentes y a la propia formación de la comisión de una infracción penal por los sobresueldos y las donaciones que reflejan los 'papeles de Bárcenas'. Sin embargo, la letra pequeña del documento destaca que si bien es cierto que no hubo tal delito al no superarse el límite de 120.000 euros por ejercicio fijado por ley, sí apunta a la existencia de un fraude por parte del partido tanto en 2007 como en 2008, los dos ejercicios analizados. De hecho, en el primero de estos dos años, la formación rozó la infracción penal en el Impuesto sobre Sociedades al no declarar las donaciones supuestamente irregulares y los pagos realizados con dicho dinero.

El PP debía haber aplicado una retención del 43% a los sobresueldos que abonaba a sus dirigentes y del 15% a los pagos realizados a profesionales externos al partido. A la AEAT no le consta que lo hiciera

El estudio, que ha servido de base para imputar al arquitecto Gonzalo Urquijo por cobrar presuntamente en negro las obras que hizo en la sede del PP, parte de la "hipótesis de trabajo" de que los apuntes contables reflejados en los papeles de Bárcenas son veraces y las cantidades que reflejan "no han sido incluidas en las autoliquidaciones trimestrales ni en la declaración anual de las retenciones e ingresos a cuenta efectuados ni en la contabilidad oficial" elaboradas por Génova 13. Así, sobre los sobresueldos entregados a cuatro dirigentes de la formación (Mariano Rajoy, Ángel Acebes, Javier Arenas y el que fuera sustituto de Bárcenas, Cristobal Paéz) y que sumaron un total de 86.400 euros, el dictamen concluye que la formación política no aplicó la retención del 43% que fija la ley. El calculo es que por aquellos pagos Hacienda dejó de ingresar 37.512 euros. De ese mismo año, el informe destaca un apunte del 11 de abril de 2007 en el que se recoge "entrega a Álvaro Lap. [en referencia al octogenario extesorero] para Alberto Fernández" por un importe de 30.000 euros. El documento reconoce que "no queda suficientemente claro si el perceptor ha sido supuestamente destinatario final o mero intermediario", pero deduce que se trata de un trabajo profesional realizado por alguien ajeno al PP sobre el que había que haber realizado una retención del 15% que el partido no efectuó. Es decir, que el dinero defraudado por esta operación fue de 4.500 euros.

En 2008 el supuesto fraude a Hacienda por la no retención de las cantidades pagadas en sobresueldos fue ligeramente inferior. Según los técnicos de Hacienda, en ese ejercicio lo supuestamente defraudado por el PP ascendió a 34.084 euros por este concepto. De ellos, 28.896 euros corresponde a los 67.200 euros que la formación repartió presuntamente en sobresueldos entre Mariano Rajoy (27.600), Ángel Acebes (12.600), María Dolores de Cospedal (15.000), Cristobal Páez (6.000) y el senador Luis Fraga (6.000). La Agencia Tributaria considera que todas estas cantidades debieron sufrir una retención del 43% que el partido no efectuó. Ese mismo porcentaje es el que Génova 13 debía haber realizado sobre los 11.020 euros que en los papeles de Bárcenas figuran como pagos por "trajes MR" y que Luis Bárcenas detalló en su declaración del 15 de julio que se referían al gasto efectuado por el partido para dotar de nuevo vestuario al entonces líder de la oposición. "Se trataría presumiblemente de una retribución en especie sujeta a ingreso a cuenta si se ha realizado mediante la entrega del bien o si se trata de dinero", explican los autores del documento que concluyen que, de un modo u otro, el partido debería haber retenido la cantidad de 4.738 euros. Finalmente, el informe incluye los 3.000 euros abonados a "MR (entrega) asesor", una anotación de los apuntes contables de la que los técnicos de la Agencia Tributaria deducen que se corresponde con una persona física ajena del partido y sobre la que "deberían haberle retenido el 15%". Es decir, 450 euros.

La duda de los expertos de Hacienda

El documento remitido al juez Ruz analiza en un apartado específico al Impuesto sobre Sociedades que supuestamente debería haber abonado en estos mismos ejercicios el PP y, más en concreto, si estaban sujetas al mismo "las donaciones privadas efectuadas por personas físicas o jurídicas" que supuestamente recogen los apuntes contables de Bárcenas. Los expertos de la Agencia Tributaria se preguntan "si el disfrute de la exención tributaria (a la que supuestamente se acogen las donaciones a partidos) está directamente vinculado con el cumplimiento de la normativa sobre financiación de los partidos políticos", en referencia a las irregularidades que el Tribunal de Cuentas detectó en este sentido en las formaciones políticas en 2007. Con la hipótesis de que esas irregularidades eliminan dicha exención fiscal, el dictamen de Hacienda fija tres supuestos sobre la cantidad no declarada, según se consideren los ingresos brutos, netos o el resultado de restar a estos últimos los gastos para determinar la renta a declarar.

Los expertos de Hacienda se preguntan si las donaciones siguen estando exentas de tributar cuando incumplen la ley de financiación de partidos

Así, concluye que en el primero de los casos, el partido debería haber declarado 542.000 euros, una cantidad a la que habría que haber aplicado un tipo de tributación del 25%. "Resultaría una cantidad a pagar de 135.500 euros", concluye, una cifra que superaría el mínimo para considerarlo como delito fiscal. Sin embargo, los propios autores del informe destacan que "la cuantía que excede de la prevista en el tipo del Código Penal es sólo de 15.500 euros" y que, por tanto, bastaría con que el partido pudiera justificar 62.001 euros en gastos para que la cifra de lo defraudado se redujera por debajo de la cifra considerada como infracción penal. En los otros dos supuestos contemplados, tanto el de ingresos netos como el de ingresos menos gastos, la cuota defraudada sería de 107.250 y 91.150 euros, menor de la que marca el paso a la consideración de delito. "Esta circunstancia hace innecesario profundizar en el análisis sobre el disfrute de la exención a la rentas que pudieran ponerse de manifiesto a partir de los datos de los manuscritos", añaden los autores del informe.

Sobre el el Impuesto de Sociedades de 2008, Hacienda ni siquiera realiza una estimación del posible fraude ya que considera que no existió obligaciones fiscales sobre la misma pese a que el dinero irregular que supuestamente movió el PP fue superior al del año anterior (1,4 millones de euros) e incluía partidas pagadas supuestamente en negro al arquitecto Gonzalo Urquijo recientemente imputado. Los técnicos consideran que dichas cuantías estarían exentas de tributación al considerar que "no se aprecian elementos que puedan indicar que dichos pagos no hayn supuesto la financiación de actividades propias de los partidos políticos", una de las condiciones que se fijan para que se puedan acoger de dicho beneficio fiscal. "Cuando la norma examinada considera exentas de tributar las donaciones no indica que se refiera a las realizadas 'conforme a lo dispuesto en esta ley'", por los que Hacienda concluye que no es obligatorio que su percepción cumpla la legalidad para evitar pagar impuestos por ella.

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