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España

El Gobierno aprueba una 'ley mordaza' suavizada que prohíbe las redadas policiales por razón étnica

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz

El Gobierno prohíbe por primera vez por ley las redadas policiales indiscriminadas o por razones étnicas, regula los cacheos y fija que el traslado y estancia en comisaría para la identificación de personas no supere el plazo máximo de seis horas.

Así se recoge en el proyecto de ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como 'ley mordaza', que este viernes el Gobierno ha remitido a las Cortes y que ha explicado el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de la que informa la agencia Efe.

"Por primera vez una norma con rango de ley prohíbe que se hagan identificaciones indiscriminadas o por perfiles étnicos", ha destacado Fernández Díaz, quien ha recordado que circulares policiales ya impedían estas prácticas. El titular de Interior ha defendido que la identificación de las personas por los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado deberá respetar "los principios de no discriminación y proporcionalidad".

Respecto a las manifestaciones, el ministro ha dejado claro que el nuevo texto no modifica "para nada" la legislación actual sobre el derecho de reunión y manifestación y rebaja de grave a leve las que se desarrollen sin haber sido comunicadas ante el Congreso, el Senado o los parlamentos autonómicos. Pero si además de no ser comunicadas, se perturba gravemente el orden público, se considerará una infracción grave.

Siete meses de consultas

Después de siete meses desde que el Consejo de Ministros diera el visto bueno al anteproyecto y tras incluir las aportaciones de órganos consultivos como el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado, el Consejo Fiscal o la Agencia de Protección de Datos, el Gobierno remite para su tramitación parlamentario el nuevo proyecto.

El Gobierno prohíbe por primera vez por ley las redadas policiales indiscriminadas o por razones étnicas

Con estas observaciones, además de algunas aportaciones de la Federación Española de Municipios y Provincias y varias entidades sociales como Amnistía Internacional, Greenpeace e Intermon Oxfam, el nuevo texto cuenta ahora, en palabras del ministro, "con mayor calidad jurídica", es "profundamente garantista" y tiene "perfecto encaje" en la Constitución.

El proyecto no trata de sancionar más, sino con mayores garantías y menor discrecionalidad, ha destacado Fernández Díaz sobre el proyecto, dividido en cinco capítulos, el último de ellos dedicado al régimen sancionador de infracciones muy graves -se tipifican cuatro respecto a las 21 previstas en el primer borrador de Interior-, graves (26 frente a las 31 iniciales) y leves (7, trece más).

Identificación de personas

Entre las principales novedades incorporadas respecto al anteproyecto, Fernández Díaz ha subrayado la regulación de los supuestos excepcionales de traslado a dependencias policiales para identificación de personas. Una diligencia, ha enfatizado, que sólo se practicará cuando no sea posible identificar a alguien por medios físicos o telemáticos y siempre "por el tiempo estrictamente necesario", que no podrá superar las seis horas, tal y como había solicitado el Consejo de Estado en su dictamen sobre el anteproyecto.

Además, los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado deberán expedir un "volante acreditativo" del tiempo de permanencia en dependencias policiales. Fernández Díaz también ha destacado como novedad el artículo 20, en el que se regula por primera vez la práctica de los registros corporales externos, más conocidos como cacheos, y que estarán sometidos a los principios de "no discriminación e injerencia mínima".

Las infracciones muy graves, multadas con hasta 600.000 euros

Respecto al régimen sancionador, las infracciones muy graves estarán multadas con entre 30.000 y 600.000 euros; las graves, con entre 1.000 y 30.000 euros, y las leves, con multas 100 a 1.000 euros, las mismas cantidades hasta ahora vigentes.

Las infracciones muy graves estarán multadas con entre 30.000 y 600.000 euros

Precisamente, otra de las novedades respecto al primer borrador es la división de las sanciones muy graves y graves en grados máximo, medio y mínimo. Como norma general se impondrá la multa en el grado más leve, en el medio cuando concurra al menos una circunstancia agravante como reincidencia y en grado máximo únicamente cuando los hechos revistan especial gravedad.

Además, dentro de cada grado se individualizará la sanción con criterios recogidos en la ley, entre los cuales figurará la capacidad económica del infractor. 

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