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Indemnizan a Sánchez-Camacho por publicar una conversación "propia" y "personal"

La presidenta del PP catalán, Alicia Sánchez Camacho.

El Tribunal Supremo ha condenado a la editora del diario digital El Triangle por haber publicado la grabación de una conversación que mantuvo la dirigente del PP catalán, Alicia Sánchez-Camacho, con la expareja de un hijo de Jordi Pujol en un restaurante de Barcelona.

El Triangle publicó un link que contenía el audio con la conversación grabada que mantuvo la demandante con la ex pareja de un hijo de Jordi Pujol en un restaurante de Barcelona. La grabación se obtuvo con un aparato de escucha camuflado y la conversación se desarrolló en un reservado privado del restaurante

La Audiencia Provincial de Barcelona condenó al diario digital en protección del derecho el honor, la intimidad personal y la propia imagen de Camacho a indemnizar con 20.000 euros a la afectada, un fallo que ahora ha confirmado el alto tribunal. Así, la Sala Primera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Editorial de Periodistes S.L. porque ha apreciado intromisión en el derecho a la intimidad de Sánchez-Camacho.

En el audio afloraban cuestiones ceñidas al ámbito propio y personal, y carece de relevancia para el interés general.

El Supremo entiende que la obtención de información por grabación puede no ser ilegítima si resulta proporcionada al interés público de los derechos registrados, ya que no cabe descartar que mediante este procedimiento se descubran casos de corrupción política o económica al más alto nivel que deban ser conocidos y trasmitidos a la opinión pública con la contundencia inherente a la grabación de la voz. Sin embargo, en este caso, el alto tribunal entiende que lo que podía ser de interés público por tratarse de casos de corrupción política o económica se encontraba ya publicado.

En definitiva, lo que se difundió fue el audio íntegro de la conversación, en la que afloraban cuestiones ceñidas al ámbito propio y personal que carecen de relevancia para el interés general y sobre las que no tiene prevalencia el derecho de información, por lo que corresponde indemnizar a la afectada con 20.000 euros.

Sentencia del Tribunal Supremo a favor de Alicia Sánchez-Camacho by Vozpopuli on Scribd

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