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La Administración sostiene que la bajas de maternidad sí tributan

Imagen de archivo de una mujer embarazada

Continúa el dilema por las bajas de maternidad. El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), órgano dependiente de la Administración Tributaria del Estado, ha fallado este jueves que este tipo de prestaciones no están exentas de pagar el IRPF. La intención: unificar el criterio de la vía administrativa. La resolución llega cuatro meses después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid fallara contra Hacienda y le obligara a devolver a una contribuyente su prestación.

El fallo del TEAC es vinculante para la Administración. De ahí que, a partir de ahora, se rechazarán (por parte de la Agencia Tributaria y del Tribunal Económico-Administrativo regional pertinente) los recursos que se presenten para solicitar la devolución de la baja de maternidad. 

Así, se cierra la vía administrativa, aunque se queda disponible la vía la judicial, que se encuentra a la espera de que el Tribunal Supremo siente doctrina.

Las prestaciones por maternidad que otorga la Seguridad Social están reguladas en la Ley General de la Seguridad Social y tributan, según el TEAC

Para el TEAC, las prestaciones por maternidad que otorga la Seguridad Social están reguladas en la Ley General de la Seguridad Social y tributan.  El Tribunal Superior de Justicia de Madrid difiere: el pasado noviembre sentenció que las bajas por maternidad sí están exentas de pagar el IRPF.

Desde noviembre, se esperaba que el fallo y este jueves el TEAC ha subrayado en su resolución que no hay "razón para contrariar el criterio seguido por las resoluciones" regionales (de La Rioja, Murcia, Castilla-La Mancha y Andalucía).

No es la primera vez que un órgano de la Agencia Tributaria aclara el asunto. Ya en 2013 se vio obligada a emitir una nota informativa negando la exención fiscal de la prestación de maternidad. El órgano siempre ha sostenido que la baja de maternidad pagada por la Seguridad Social está sujeta a tributación en el impuesto de la renta, a diferencia de otras ayudas que conceden las Administraciones territoriales.

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